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Con portazo en la cara dicen NO al sometimiento de la exsenadora Piedad Zuccardi a la JEP

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La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas encontró que los aportes a la verdad presentados por la exsenadora no son aptos ni admisibles en esta Jurisdicción.  La sala ordenó regresar todos sus procesos a la Corte Suprema de Justicia, donde fue acusada por tener vínculos que permitieron el ingreso y expansión del paramilitarismo en Bolívar.

Por incumplir con su deber de hacer aportes a la verdad claros, concretos, detallados y exhaustivos sobre hechos relacionados con el paramilitarismo en la Costa Caribe, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP rechazó el sometimiento de la exsenadora Piedad del Socorro Zuccardi.

Zuccardi había solicitado su sometimiento en calidad de agente de Estado no integrante de la fuerza pública. Fue acusada en la justicia ordinaria como presunta autora del delito de concierto para delinquir agravado por apoyar y favorecer el ingreso y expansión de estructuras paramilitares en Bolívar.

En concreto, la exsenadora fue acusada de tener vínculos con el Bloque Héroes de Montes de María, Bloque Norte y Bloque Central Bolívar de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) en Bolívar, los cuales incursionaron en ese departamento en 1997.

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ), en su análisis de esta solicitud de sometimiento, tuvo en cuenta la acusación de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia en contra de Zuccardi en octubre de 2013. En ella se afirma que las contribuciones de ella y su grupo político, para facilitar la entrada de Mancuso en el sur de Bolívar, buscaban apoyar el trabajo político de los paramilitares conocidos como ‘Ernesto Báez’ y ‘Diego Vecino’. Dichos hechos ocurrieron entre 1998 y 2007, cuando Zuccardi ocupó un escaño en el Congreso entre 2002 y 2006.

En sus aportes a la verdad presentados a la JEP, Zuccardi negó haber participado en diversas reuniones con miembros de las AUC, y argumentó que una reunión que tuvo con Carlos Castaño y Salvatore Mancuso la hizo en calidad de senadora integrante de la Comisión Accidental de Paz del Congreso.

En lo que respecta a su responsabilidad por haber favorecido la incursión de las AUC en el departamento de Bolívar, Zuccardi alegó su inocencia, negó haber promovido al paramilitarismo y haber realizado pactos con esos grupos. Reiteró, además, que las reuniones que sostuvo con ellos fueron en un marco “estrictamente institucional”. Argumentó que los testimonios con los cuales fue vinculada al proceso penal por la Corte Suprema de Justicia fueron “inducidos o manipulados”.

La SDSJ de la JEP argumenta que, en distintos procesos, la justicia ordinaria ha obtenido pruebas que comprometen la responsabilidad de algunos líderes políticos de Bolívar, entre ellos, la exsenadora Piedad Zuccardi, por su connivencia con los grupos paramilitares, y por haber contribuido con el fortalecimiento del proyec​to político de las AUC en esta zona del país.

Por lo tanto, la sala encuentra que algunas justificaciones presentadas por Zuccardi para exculparse en sus vínculos con dichos grupos son “intrascendentes e impertinentes”. Y que, siguiendo el estándar de verdad dictado por la Sección de Apelación de la JEP para evaluar el sometimiento de estos actores, la magistratura encontró que los aportes de verdad de Zuccardi “no son aptos para aceptar el sometimiento en esta Jurisdicción como compareciente voluntaria”.

Por el contrario, a juicio de la sala “resulta evidente que la señora Piedad Zuccardi concertó con miembros pertenecientes a grupos de autodefensas acciones que perseguían un beneficio mutuo e ilegal”, dicta la resolución.

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas ordenó regresar a la Corte Suprema de Justicia los procesos contra Zuccardi.

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