Congresistas provida desafían a la Corte: proponen prohibir el aborto incluso en casos de violación, riesgo para la madre y malformaciones fetales ¿ Le parece justo?
Proyecto en el Congreso propone reconocer la vida desde la fecundación, lo que pondría en tensión las reglas actuales sobre el aborto en Colombia.
Proyecto en el Congreso propone reconocer la vida desde la fecundación, lo que pondría en tensión las reglas actuales sobre el aborto en Colombia.
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La iniciativa busca reformar la Constitución para reconocer la vida desde la fecundación y reabre uno de los debates más sensibles del país, al entrar en tensión con la jurisprudencia que desde hace dos décadas permite la interrupción voluntaria del embarazo en circunstancias excepcionales.
La discusión sobre el aborto volvió al centro de la agenda política colombiana tras la radicación de un proyecto de acto legislativo impulsado por la Bancada Provida, que propone modificar el artículo 11 de la Constitución para establecer expresamente que la vida humana comienza desde la fecundación y que el ser humano en gestación es sujeto de especial protección constitucional.
Aunque la iniciativa no deroga de manera inmediata las decisiones de la Corte Constitucional, sí plantea un cambio de fondo que podría reconfigurar el marco jurídico vigente sobre la interrupción reglamentaria del embarazo, al abrir la puerta para restringir o incluso eliminar las excepciones que hoy existen en Colombia.
Cabe recordar que durante más de quince años, la regulación del aborto estuvo determinada por la Sentencia C-355 de 2006 de la Corte Constitucional. En ese fallo, el alto tribunal estableció que la interrupción del embarazo no constituye delito cuando se presenta cualquiera de tres circunstancias: si la continuación del embarazo pone en riesgo la vida o la salud de la mujer, cuando el embarazo es consecuencia de una violación o de otras conductas sexuales no consentidas, o cuando el feto presenta malformaciones incompatibles con la vida extrauterina.
Posteriormente, mediante la Sentencia C-055 de 2022, la Corte amplió el alcance de esa protección al despenalizar el aborto hasta la semana 24 de gestación, manteniendo vigentes sin límite de tiempo las tres causales históricas. En consecuencia, actualmente la legislación colombiana permite la interrupción voluntaria del embarazo dentro de las primeras 24 semanas y, después de ese periodo, únicamente cuando concurre alguna de las tres circunstancias definidas por la Corte Constitucional.
Precisamente sobre ese precedente judicial recae ahora el nuevo proyecto radicado en el Congreso. Los autores sostienen que la Constitución reconoce la inviolabilidad del derecho a la vida, pero no define expresamente desde qué momento comienza dicha protección. Por ello consideran que corresponde al Congreso, en calidad de constituyente derivado, establecer que esa protección inicia desde la fecundación.
La bancada Provida defiende iniciativa
En la exposición de motivos, la Bancada Provida afirma que la propuesta se fundamenta en argumentos biológicos, constitucionales e internacionales, así como en disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en experiencias constitucionales de otros países. Los congresistas también argumentan que el debate debe regresar al escenario legislativo y no quedar exclusivamente en manos de la interpretación de los jueces constitucionales.
La iniciativa también incorpora un argumento demográfico. Sus promotores señalan que Colombia atraviesa una disminución sostenida en el número de nacimientos y citan estadísticas del DANE que muestran que durante 2025 el país registró la cifra más baja de nacimientos de la última década, con una tasa de fecundidad cercana a un hijo por mujer, situación que, a su juicio, amerita una reflexión nacional sobre la protección de la vida y el futuro poblacional.
Sin embargo, expertos en derecho constitucional advierten que una eventual reforma de este tipo podría generar una fuerte tensión con la línea jurisprudencial construida por la Corte Constitucional durante los últimos veinte años. Si bien una reforma constitucional tiene un rango normativo superior, su aprobación no implicaría automáticamente la eliminación de las reglas actuales sobre el aborto, pues cualquier modificación podría ser objeto de control constitucional y abrir un nuevo debate sobre el alcance de los derechos fundamentales de las mujeres y la protección del nasciturus.
La propia Corte Constitucional ha sostenido que la vida en gestación constituye un bien constitucionalmente protegido, pero ha reiterado que esa protección no puede entenderse como absoluta cuando entra en conflicto con derechos fundamentales como la vida, la salud, la dignidad, la autonomía y los derechos reproductivos de la mujer. Ese equilibrio fue precisamente el fundamento jurídico de las decisiones que permitieron inicialmente las tres causales y, posteriormente, la despenalización hasta la semana 24.
El proyecto de acto legislativo inicia ahora un largo recorrido en el Congreso. Para convertirse en una reforma constitucional deberá superar ocho debates distribuidos en dos periodos legislativos consecutivos. Solo entonces podría incorporarse al texto de la Constitución y, eventualmente, dar paso a un nuevo capítulo en la discusión jurídica sobre el aborto en Colombia.
Por ahora, la normativa vigente permanece intacta. En Colombia continúa siendo legal la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 24 de gestación y, después de ese término, siguen aplicándose las tres causales reconocidas por la Corte Constitucional: cuando la vida o la salud de la mujer están en riesgo, cuando el embarazo es producto de una violación y cuando el feto presenta malformaciones incompatibles con la vida. La propuesta de la Bancada Provida abre un nuevo pulso entre el Congreso y la Corte Constitucional sobre el alcance de la protección de la vida desde la fecundación y promete convertirse en uno de los debates legislativos y constitucionales más trascendentales de los próximos meses.