Consejo de Estado ‘le hace ojitos’ a explosiva demanda contra el senador Luis Eduardo Díaz: aún no la admite pero tampoco la sepulta
El Consejo de Estado inadmitió por errores formales la demanda contra la elección del senador Luis Eduardo Díaz Mateus, pero dio tres días para corregirla y mantener vivo el proceso.
El Consejo de Estado inadmitió por errores formales la demanda contra la elección del senador Luis Eduardo Díaz Mateus, pero dio tres días para corregirla y mantener vivo el proceso.
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Aún no ha empezado a calentar el puesto de su nueva curul como senador de la República y ya se le asoman los problemas. Se trata de una demanda que busca anular la elección del senador santandereano Luis Eduardo Díaz Mateus, hermano del gobernador de Santander, Juvenal Díaz Mateus, que si bien no se encuentra activo en el Consejo de Estado sigue vivo pues si bien se inadmitió la demanda por errores de forma, el alto tribunal concedió tres días hábiles para corregir las falencias y continuar con un litigio que podría convertirse en uno de los más delicados para la bancada conservadora y santandereana en el Congreso.
Por Camilo Ernesto Silvera Rueda - Redacción Política / EL FRENTE
La estabilidad política del senador santandereano Luis Eduardo Díaz Mateus comenzó a entrar en zona de turbulencia jurídica todo por cuenta de una decisión proferida por la Sección Quinta del Consejo de Estado, este miércoles 29 de julio.
Hablamos de un auto emitido por el despacho de la magistrada Gloria María Gómez Montoya mediante el cual inadmitió la demanda de nulidad electoral presentada contra su elección como senador de la República para el período 2026-2030. Sin embargo, lejos de representar un triunfo para el congresista conservador, la decisión mantiene plenamente vivo el proceso.
Resulta que la magistrada encontró que la demanda presenta tres aspectos formales que deben ser corregidos por el demandante, razón por la cual concedió un plazo de tres días hábiles para subsanar las deficiencias.
Solo después de ese trámite el alto tribunal decidirá si admite oficialmente la acción y entonces comenzará de fondo el estudio del caso. En otras palabras, la inadmisión, en términos jurídicos, no significa rechazo definitivo de la demanda pero tampoco ni implica un pronunciamiento sobre el fondo de las acusaciones.
La acción judicial fue promovida por Juan Carlos Calderón España, representante de la Veeduría Ver-Control, quien solicita la nulidad de la elección de tres senadores del Partido Conservador: Luis Eduardo Díaz Mateus, Wadith Manzur y Daniel Restrepo Carmona.
El argumento central de la demanda gira alrededor de una presunta inhabilidad constitucional derivada del paso de los tres dirigentes desde la Cámara de Representantes hacia el Senado en las elecciones legislativas de marzo de 2026.
Según el demandante, los congresistas habrían vulnerado el artículo 179 de la Constitución Política, norma que establece las inhabilidades para ser congresista y que prohíbe ser elegido para más de una corporación pública cuando los respectivos períodos coincidan, incluso parcialmente.
El numeral 8 del artículo 179 de la Constitución dice: “Nadie podrá ser elegido para más de una Corporación o cargo público, ni para una Corporación y un cargo si los respectivos períodos coinciden en el tiempo, así fuere parcialmente. La renuncia un (1) año antes de la elección al cargo al que se aspire elimina la inhabilidad. Parágrafo Transitorio. La inhabilidad establecida en el numeral anterior no aplicará para quienes hayan renunciado al menos seis (6) meses antes del último día de inscripciones para la realización de las elecciones al Congreso de la República en el año 2010”.
Amparado en ese artículo, el demandante sostiene que los tres legisladores ejercían como representantes a la Cámara durante el período constitucional 2022-2026, cuyas curules se extendían hasta julio de 2026, y que ninguno presentó renuncia antes de aspirar al Senado, situación que, según la interpretación del accionante, los dejaría incursos en una causal de nulidad electoral, y la cual, de probarse en el máximo tribunal de lo contencioso administrativo, dejaría expuestos a muchos otros congresistas que estarían repitiendo curul bajo esta circunstancia de inhabilidad.
El escrito, de 72 páginas, cita como soporte jurídico la Sentencia C-080 de 2026 de la Corte Constitucional, la cual, según el demandante, reforzó la interpretación sobre la prohibición de ocupar o ser elegido para corporaciones públicas cuyos períodos constitucionales se superponen. Corresponderá al Consejo de Estado determinar, si la demanda supera la etapa de admisión, cuál es el verdadero alcance jurídico de esa decisión constitucional frente al caso concreto.
“Esa demanda es una locura”
EL FRENTE consultó al abogado experto en derecho electoral Carlos Alfaro quien fue tajante en calificar la actuación del demandante Juan Carlos Calderón España como una locura jurídica. ¿La razón? A juicio de Alfaro, Calderón Estaña está mal interpretando el numeral 8 de la referida inhabilidad debido a que en el caso de los congresistas no existe la posibilidad de que un congresista, sea que venga de una legislatura pasada, coincida en tiempos para la misma corporación por una sencilla razón: “No puede coincidir en tiempo porque un congresista termina su periodo el 19 de julio y la otra inicia un día después. Es imposible que se establezca esa coincidencia para el caso de miembros del Congreso de la República.
En todo caso, para Santander, el proceso tiene un fuerte componente político. Luis Eduardo Díaz Mateus no solo representa una de las principales curules conservadoras del departamento, sino que además es hermano del gobernador Juvenal Díaz Mateus, una de las figuras con mayor peso político en la región. Cualquier decisión que eventualmente afecte la legalidad de su elección tendría inevitables repercusiones dentro del mapa político santandereano.
Ahora la atención se concentra en el demandante. Si dentro del plazo otorgado logra corregir los tres requisitos exigidos por la magistrada ponente, la Sección Quinta deberá decidir si admite formalmente la demanda y abre el proceso judicial de fondo. Solo en esa etapa comenzará el verdadero examen sobre la legalidad de la elección de los tres senadores conservadores.
La decisión conocida este miércoles sigue una práctica procesal frecuente en el Consejo de Estado: cuando una demanda presenta errores subsanables, el alto tribunal otorga un término para corregirlos antes de definir su admisión. Solo si las falencias no son corregidas dentro del plazo legal, la demanda puede ser rechazada definitivamente.
Por ahora, el expediente permanece en una fase preliminar. No existe pronunciamiento alguno sobre la responsabilidad o eventual inhabilidad de los congresistas demandados. Pero el reloj ya empezó a correr y, si las correcciones son presentadas oportunamente, uno de los procesos electorales con mayor carga política para el Partido Conservador podría entrar oficialmente en su etapa decisiva.