Continúa el abandono al Pueblo Wayuu, esfuerzos institucionales han sido insuficientes
Resumen
La Sala Especial de Seguimiento constató que persisten prácticas y bloqueos institucionales afectando a la niñez Wayuu, aunque hay avances, se requieren ajustes en protocolos y en la gestión administrativa para superar debilidades y mejorar el cumplimiento de la Sentencia T-302 de 2017.
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
La Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-302-de 2017 concluyó que persisten prácticas inconstitucionales y bloqueos institucionales en las entidades obligadas al cumplimiento de la sentencia que protegió los derechos al agua, la alimentación, la salud y la participación de la niñez Wayuu, así como en la gestión de las entidades competentes para la vigilancia, control e investigación de conductas contrarias al buen desempeño administrativo y a derecho.
La Sala valoró el protocolo para buenas prácticas administrativas diseñado por las autoridades obligadas al cumplimiento del fallo[2] y consideró que a pesar de constatarse algunos avances, dichas herramientas debían ajustarse con el fin de superar dificultades administrativas como: inexistencia de estrategias para superar las debilidades en la comprensión, administración y ejecución de recursos, así como para capacitar y empoderar a las comunidades; inexistencia de una ruta clara para la actualización de los manuales de contratación; deficiencias en el registro, almacenamiento y reporte de la información contractual y financiera; problemas para responder con precisión a los requerimientos de otras autoridades, así como para expresar diagnósticos, resultados y hallazgos; quejas en relación con el éxito y sostenibilidad de los proyectos diseñados y ejecutados.
La Sala también analizó las acciones reportadas por los órganos de vigilancia, control e investigación, principalmente, el protocolo y matriz interinstitucionales provisionales para el reporte y cruce de información relacionada con actuaciones administrativas e investigativas, así como procesos sancionatorios y penales con ocasión de las órdenes impartidas en la Sentencia T-302 de 2017.
Respecto de estas acciones la Sala concluyó que los principales obstáculos son: se trata instrumentos apenas provisionales; debilidades en cuanto a la recopilación de la información en el territorio y a las estrategias para conminar la entrega oportuna y completa de la información por parte de las entidades obligadas al cumplimiento de la sentencia; incertidumbre sobre la especialización y suficiencia del personal asignado a la vigilancia, control e investigación de hechos contrarios al ordenamiento; problemas para expresar diagnósticos, resultados y hallazgos, e incertidumbre sobre el porcentaje de decisiones de fondo y las cifras perdidas y/o recuperadas.
De esta manera, la Sala ordenó la realización de ajustes a estos instrumentos, además de cronogramas de actividades para superar las debilidades en cuanto a las capacidades de quienes deben administrar, ejecutar, auditar e investigar los procesos relacionados con las fuentes económicas para superar el estado de cosas inconstitucional y para fortalecer los sistemas de información. También dispuso la presentación de informes sobre asuntos específicos.