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Corte Constitucional ordena a Nequi, Bancolombia y Davivienda permitir apertura de cuentas a personas con antecedentes penales

Resumen

La Corte Constitucional de Colombia falló a favor de personas con antecedentes penales, permitiéndoles abrir cuentas bancarias. La decisión obliga a los bancos a evaluar individualmente cada solicitud y ajustar sus políticas, garantizando acceso equitativo al sistema financiero.

Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
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by Jenny Bayona
Corte Constitucional ordena a Nequi, Bancolombia y Davivienda permitir apertura de cuentas a personas con antecedentes penales

La Corte Constitucional emitió un fallo trascendental en favor de los ciudadanos colombianos con antecedentes penales que deseen abrir cuentas de ahorro en entidades bancarias del país. En la sentencia T-113 de 2025, el alto tribunal resolvió una acción de tutela interpuesta por Augusto Flórez Lozano contra Nequi, Bancolombia y Davivienda, quienes se negaron a permitirle abrir una cuenta debido a sus antecedentes por el delito de peculado por apropiación y una investigación penal en curso por la misma conducta, argumentando políticas internas de administración de riesgos y prevención de lavado de activos.

La Corte Constitucional determinó que las entidades financieras vulneraron los derechos fundamentales al trabajo, mínimo vital, igualdad y personalidad jurídica del accionante al aplicar restricciones absolutas y desproporcionadas sin realizar un análisis individualizado del riesgo ni considerar medidas alternativas.

El alto tribunal reiteró que el acceso al sistema financiero es esencial para la inclusión económica y social, y que la prestación de estos servicios debe someterse a criterios de razonabilidad y proporcionalidad. Además, señaló que las políticas de prevención de lavado de activos no pueden aplicarse de forma automática sin considerar la fase de control del Sarlaft.

En su decisión, la Corte Constitucional ordenó a Nequi, Bancolombia y Davivienda permitirle a Augusto Flórez Lozano abrir una cuenta de ahorros si aún está interesado, garantizando un análisis individualizado de su solicitud. Asimismo, les dio un plazo de tres meses para ajustar sus procedimientos internos de evaluación de clientes, evitando restricciones automáticas y exigiendo que, en caso de negar la vinculación de un usuario, expongan motivos objetivos y razonables, así como las medidas alternativas evaluadas.

Finalmente, ordenó a la Superintendencia Financiera expedir una circular con lineamientos claros sobre el acceso financiero de personas con antecedentes penales, buscando un equilibrio entre la prevención de riesgos y la garantía de acceso al sistema financiero.

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por Jenny Bayona

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