ir al contenido

Corte ordena el uso de lenguaje claro y comprensible para las personas en procesos policivos

‼️ Envianos tu denuncia o noticia
Versión Beta Reportar error

Resumen

Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
Espacio Publicitario
+ Google Noticias
+ Canal WhatsApp

La Sala Primera de Revisión amparó los derechos al debido proceso, confianza legítima, trabajo y mínimo vital de un vendedor informal cuyo puesto de ventas iba a ser demolido por una orden policiva e invita a la Red de Lenguaje Claro a apoyar a la Inspección Novena Urbana de Policía de Ibagué en la toma de una nueva decisión en la que sea clara la motivación.

Víctor es un comerciante informal que tiene una caseta de venta de bebidas en una vía nacional. En el año 2022, la concesionaria de la carretera presentó una querella policiva al considerar que estaba haciendo un uso indebido del espacio público pues Víctor había extendido una placa de cemento hasta la autopista.

En la audiencia ante una inspección de policía de Ibagué se leyeron los fundamentos de la querella y Víctor aceptó su responsabilidad frente a dicha extensión y se comprometió a demolerlo. En esa medida, la Inspección lo declaró infractor y ordenó adelantar la demolición.

Una vez cumplida su promesa, Víctor informó a la inspectora de policía. Cuando la autoridad verificó los cambios, consideró que la ocupación del espacio público persistía y continuó con las diligencias para que se demoliera la caseta. Ante esta situación, Víctor acudió a la acción de tutela, al considerar que sus derechos fundamentales al debido proceso, confianza legítima, trabajo y mínimo vital estaban siendo vulnerados.

Al estudiar el caso, la Sala Primera de Revisión encontró que parte del conflicto se dio porque la autoridad de policía no explicó su decisión con claridad. Esto llevó a que Víctor no comprendiera efectivamente la decisión y el alcance de la responsabilidad que estaba asumiendo.

La Sala Primera de Revisión estableció que es posible que la falta de claridad en las actuaciones administrativas genere una violación del debido proceso cuando se hace imposible para el público comprenderlas. Asimismo, cuando se emplea un lenguaje que impide controvertir las decisiones administrativas.

De esta manera la Corte identificó cuáles pueden ser algunos de los escenarios en los que el lenguaje empleado por las autoridades administrativas no es claro. Un ejemplo de ello es utilizar solo un lenguaje técnico o especializado o limitarse a usar fórmulas rituales. En consecuencia, la Sala precisó que las autoridades deben expresarse en formas que sean accesibles para el público general, que es el destinatario de las actuaciones de la administración pública.

Por otra parte, la Sala reiteró que los procesos de recuperación del espacio público no pueden generar una violación de los derechos de los vendedores informales y que es deber de las autoridades garantizar el debido proceso, la confianza legítima y el mínimo vital de esta población. Con ese fin, las autoridades territoriales deben ofrecer alternativas de subsistencia a aquellos vendedores que van a ser desalojados del espacio público.

Adicionalmente, la Corte reiteró que los censos de población son herramientas de política pública, pero no pueden considerarse un fin en sí mismo que puedan tener como consecuencia la violación de los derechos fundamentales de los vendedores informales. En consecuencia, la Corte estableció que las autoridades no pueden omitir la oferta de alternativas de subsistencia para un determinado vendedor informal por el solo hecho de no estar registrado en el censo.

Con base en lo anterior, la Sala concluyó que la Inspección de Policía vulneró el derecho al debido proceso de Víctor pues la inspectora de policía empleó un lenguaje poco claro que hizo que sus mensajes no fueran comprensibles para él. Además, porque la inspectora no tuvo en cuenta que las decisiones administrativas tienen como destinatario a un público general. Así mismo, la Corte encontró que la Alcaldía de Ibagué violó los derechos al mínimo vital y confianza legítima del accionante porque no le ofreció alternativas de subsistencia previo a la inminente demolición de su puesto de ventas informal.

Por lo anterior la Corte anuló el proceso policivo y ordenó que, si se rehace, se garantice la claridad de los procedimientos y las decisiones. Además, le ordenó a la Alcaldía que, si se vuelve a emitir una orden de demolición, ofrezca previamente alternativas de subsistencia al accionante.

Además, prohibió que se realice alguna demolición sin que se cumpla esa orden. Por último, la Sala reconoció que desarrollar las actuaciones administrativas con claridad requiere un entrenamiento por lo que invitó a la Red de Lenguaje Claro a prestar su apoyo a la Inspección de Policía de Ibagué para el uso de un lenguaje claro en sus decisiones.

Más reciente

Los traslados de funcionarios públicos no pueden violar principio de la unidad familiar

Los traslados de funcionarios públicos no pueden violar principio de la unidad familiar

La Sala Quinta de Revisión estudió tres tutelas de servidoras públicas que buscaban modificar las decisiones sobre los traslados de sus lugares de trabajo. Dos de ellas solicitaron revocar las decisiones mediante las cuales fueron reubicadas en municipios diferentes y la tercera pidió ser trasladada de municipio. La primera de

Miembros Público