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Desechan nulidad electoral contra el Alcalde de Barrancabermeja

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Resumen

El Tribunal Administrativo de Santander confirma a Jonatan Vázquez como alcalde de Barrancabermeja tras desestimar una demanda que acusaba su campaña de compra de votos. Los magistrados señalaron que las pruebas presentadas no demostraban las acusaciones.

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El Tribunal Administrativo de Santander mantuvo la credencial como alcalde de Barrancabermeja de Jonatan Vázquez, cuya elección fue ratificada tras el análisis que efectuaron los magistrados regionales de una demanda que fue admitida por la sala por solo 20 días después de que el mandatario local asumió el cargo, en enero pasado, en la cual se pedía una investigación por presunta compra de votos.

Por Camilo Ernesto Silvera Rueda - Redacción Política / EL FRENTE

La demanda, interpuesta por el abogado Edwin Valderrama, argumentó ante la justicia que existían serios indicios para considerar que la campaña de Jonathan Vásquez habría incurrido en la compra de votos para poder llegar a la primera magistratura del distrito de Barrancabermeja.

“”Existió de manera paralela el día electoral toda una organización tendiente a sabotear el sistema electoral a favor del candidato Vázquez”, indicó en el documento de la demanda el abogado Valderrama, quien para sustentar el señalamiento presentó seis pruebas para buscar la nulidad electoral.

“La declaratoria de elección de señor Jonathan Stivel Vásquez Gómez, como alcalde del Municipal de Barrancabermeja del Departamento de Santander (periodo 2024-2027), contenido en el Formulario E-26 ALC, es nula a la luz del numeral 2 de la Ley 1437 de 2011”, dice la demanda aceptada por el Tribunal Administrativo de Santander, en la que se argumentaba que circularon videos en redes sociales, que también están en poder de la Fiscalía General de la Nación, en los cuales supuestamente se ponía en  se evidencia el presunto pago con dinero y entrega de alimentos para quienes votaron por Jonathan Vázquez en Barrancabermeja, logrando al final de la jornada electoral más de 71.000 votos para ganar la Alcaldía.

Sin embargo, para los magistrados del Tribunal Administrativo de Santander las pruebas no demostraban los señalamientos. La ponencia fue elaborada por la magistrada, Francy del Pilar Pinilla Pedraza, quien aseguró en su fallo de primera instancia que “no fueron acreditados los elementos específicos señalados por los demandantes, en su pretensión conjunta de nulidad de la elección del alcalde de Barrancabermeja.

“No hay señalamiento alguno en este cargo, que apunte a indicar circunstancias de modo, tiempo y lugar, en las que se dio el constreñimiento, la violencia, la coacción, de forma tal que se determinó con tales acciones un resultado electoral que favoreció al demandado electo”, aseguró la magistrada, quien si bien sí reconoció que existen irregularidades que harían nulo el documento contentivo del preconteo, “no se reseña en ninguna de las demandas acumuladas, cómo las alteraciones fundadas en las alegadas contradicciones, fueron determinantes en la elección del señor Alcalde de Barrancabermeja”.

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