DIAN aclara: en Colombia no existe ‘perdón’ o condonación de impuestos

Resumen

La DIAN aclara que en Colombia no existen programas para perdonar o condonar deudas de impuestos de los contribuyentes. La remisibilidad es un procedimiento excepcional y unilateral, y no un beneficio solicitable.

Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
Camilo Silvera  profile image
by Camilo Silvera
DIAN aclara: en Colombia no existe ‘perdón’ o condonación de impuestos

La entidad reiteró que actualmente en Colombia no existen programas ni mecanismos para condonar o eliminar deudas por solicitud del contribuyente.

En los últimos días han circulado en redes sociales videos y publicaciones que aseguran que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) 'perdona' las deudas de los contribuyentes. Esta información es falsa y está generando confusión entre los ciudadanos.

La entidad reitera que actualmente en Colombia no existen programas ni mecanismos para condonar o eliminar deudas por solicitud del contribuyente. Las obligaciones tributarias se mantienen hasta que sean pagadas o hasta que, en circunstancias excepcionales previstas en la ley, la entidad determine su estado.

 

¿Qué es la remisibilidad?

La figura legal vigente se denomina remisibilidad. No se trata de un perdón ni de una condonación, sino de un procedimiento excepcional, unilateral y facultativo de la DIAN. Su objetivo es garantizar que los procesos de cobro se gestionen de forma eficiente, evitando mantener deudas sin respaldo económico real.

De acuerdo con el artículo 820 del Estatuto Tributario, solo algunas obligaciones pueden ser objeto de este procedimiento, siempre que cumplan estrictas condiciones verificadas por la entidad.

Adicionalmente, el parágrafo transitorio de la Ley 2294 de 2023 autoriza a la DIAN, de forma temporal hasta el 31 de diciembre de 2025, a suprimir de manera masiva aquellas deudas con más de cuatro años de vencidas que carezcan de bienes o garantías que respalden su pago. Esta actuación es exclusiva de la entidad, y no se constituye un beneficio que el contribuyente pueda solicitar.

 

Alternativas para regularizar su situación

La DIAN invita a los contribuyentes a utilizar los mecanismos legales disponibles para ponerse al día con sus impuestos. Actuar a tiempo protege el patrimonio personal y empresarial, fortalece la confianza en la gestión tributaria y contribuye al bienestar social y a las finanzas públicas del país.

Recuerde: la DIAN no perdona ni condona impuestos. Al respecto, la entidad ofrece herramientas claras para que los contribuyentes normalicen su situación fiscal.

Importante tener en cuenta

·         La remisibilidad no aplica a obligaciones de IVA, impuesto al consumo ni retenciones en la fuente, debido a que el incumplimiento en estos casos puede terminar en procesos penales en la Fiscalía General de la Nación.

·         No es posible crear condiciones artificiales con la intención de adecuarse a las condiciones que la norma propone.

·         Cada día de mora en las obligaciones con la DIAN aumenta los intereses, los riesgos de embargo y las consecuencias legales.

Camilo Silvera  profile image
por Camilo Silvera
📰

Suscripciones Digitales

Accede a nuestras ediciones digitales y contenido exclusivo

Ver planes de suscripción
o recibe nuestro boletín gratuito

¡Listo! Revisa tu correo

Haz clic en el enlace de confirmación para completar tu suscripción.

Leer más