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Dian anuncia devolución de saldos a favor en declaraciones de renta

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Resumen

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) de Colombia ha creado una plataforma digital para agilizar las devoluciones de saldos a favor en las declaraciones de impuestos. Esta medida facilitará y simplificará el proceso fiscal para los contribuyentes a partir de 2023.

Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha implementado una nueva medida para facilitar la devolución de saldos a favor en las declaraciones del impuesto sobre la renta para personas naturales, según la resolución 000117. Esta normativa, que entrará en vigor a partir del período gravable 2023, busca simplificar y agilizar el proceso fiscal para los contribuyentes.

La DIAN ha habilitado una plataforma electrónica para que los contribuyentes puedan solicitar la devolución de los saldos a favor. Al completar su declaración de renta en el sistema, los usuarios recibirán una opción para aceptar o rechazar la devolución.

Según un contador consultado por Red+ Noticias, esta medida no representa un descuento en el valor total a pagar, ya que los saldos a favor se generaron por retenciones o valores arrastrados de ejercicios anteriores. Anteriormente, estos saldos se trasladaban de un año a otro para cubrir futuros pagos.

Los requisitos para beneficiarse de esta medida son los siguientes:

· El saldo a favor debe corresponder a la declaración inicial del impuesto sobre la renta del período gravable 2023 o años siguientes, utilizando el formulario 210.

· El saldo debe haber sido generado en la declaración del año 2023 o en adelante, y no de años anteriores.

· Tanto la declaración como la solicitud de devolución deben presentarse dentro de los plazos establecidos por el Gobierno, y no deben haber sido corregidas.

· El Registro Único Tributario (RUT) debe estar actualizado y no debe tener códigos 18 (Sucesión Ilíquida), 19 (Sucesión Liquidada) ni 87 (Persona Natural Fallecida).

· No deben existir obligaciones pendientes de pago por impuestos administrados por la DIAN.

· No se deben haber registrado ingresos por dividendos, ganancias ocasionales, descuentos tributarios, compensaciones por pérdidas, renta presuntiva o rentas pasivas en la declaración.

· El saldo a favor debe ser inferior a 40 UvT, es decir, menor a $1.882.600.

La solicitud de devolución se realiza directamente a través de la plataforma digital de la DIAN, lo que facilita el proceso y mejora la transparencia en la gestión de estos saldos. Esta medida busca no solo aliviar la carga tributaria, sino también aumentar la confianza en las instituciones fiscales del país.

La temporada de declaración de renta en Colombia inicia el 12 de agosto, con plazo hasta el 24 de octubre. La DIAN ha desarrollado este proceso de devolución con el fin de mejorar la eficiencia en la gestión fiscal y ofrecer a los contribuyentes una forma más sencilla de reclamar sus derechos fiscales.

Además de esta medida, la DIAN también ofrece la declaración de renta sugerida, un mecanismo que ayuda a los contribuyentes a completar el formulario 210 con datos reportados por terceros. Los contribuyentes que reciban este documento también podrán solicitar la devolución de cualquier saldo sobrante.

La implementación de esta resolución se espera que tenga un impacto positivo en la administración fiscal, ofreciendo mayor claridad en las finanzas personales de los contribuyentes y evitando complicaciones futuras en la declaración de impuestos. Esta iniciativa representa una oportunidad para que los contribuyentes reciban los fondos a los que tienen derecho de manera más eficiente, reduciendo así el desconocimiento y facilitando el acceso a los saldos a favor.

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