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Dura sanción contra exsuboficiales de la segunda División del Ejército por participar en falsos positivos

Resumen

La Procuraduría destituyó a un suboficial y tres soldados del Batallón de Infantería No. 13 del Ejército por matar a un civil desarmado durante un operativo militar, violando principios de distinción y protección a civiles. La acción es apelable.

Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
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by Camilo Silvera
Dura sanción contra exsuboficiales de la segunda División del Ejército por participar en falsos positivos

En fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 15 años a un suboficial y tres soldados profesionales que estuvieron adscritos al Batallón de Infantería No. 13, General Custodio García Rovira de la Trigési​ma Brigada – Segunda División del Ejército Nacional, por la muerte injustificada de un ciudadano en desarrollo de un operativo militar.  

 

Por Camilo Ernesto Silvera Rueda -  Redacción Política / EL FRENTE

Los sancionados por este hecho cometido en el marco de la orden de operaciones ‘Metis’ fueron: el entonces cabo primero, Daniel Yovany Gaviria Escobar, y los exsoldados profesionales: Hamilton Estiben Cortés Baquero, José David López Viloria y Jimmy Rafael Trejo Leguía.

El ente de control comprobó que durante un allanamiento para capturar a subversivos de un grupo guerrillero, los militares participaron en el homicidio de alguien que no tenía la calidad de combatiente y se encontraba resguardado en la finca Vista Hermosa, ubicada en el municipio de Chitagá, Norte de Santander.

De acuerdo con la investigación adelantada, el día del operativo, el mencionado ciudadano fue abatido en estado de indefensión por parte de los uniformados y sin portar ningún tipo de armamento, cuando se encontraba desayunando en la vivienda de unos familiares donde había menores de edad, quienes tenían la condición de personas protegidas. 

Para el Ministerio Público, los militares violaron los principios de distinción y protección general de los que goza la población civil ajena al conflicto armado, afectando la imagen institucional del Ejército Nacional, poniendo en entredicho la legitimidad de sus acciones y generando desconfianza en la población civil.

La conducta de los disciplinados fue calificada por la Procuraduría como falta gravísima a título de dolo, pues a pesar de conocer la presencia de población protegida, decidieron accionar sus armas contra la vivienda, lo que al final terminó con la vida de la persona abatida. Contra esta decisión procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento.

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