Resumen
Armando Aguilera, exdirector territorial de ESAP en Santander, fue sancionado por la Procuraduría con suspensión por seis meses por agredir físicamente a un vigilante durante un evento. Su conducta violenta fue calificada como falta grave a título de dolo.
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)Por actos de violencia física y verbal a subalternos y/o compañeros de trabajo, la Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión e inhabilidad por el término de seis meses para el desempeño de funciones públicas, al exdirector territorial con funciones en la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) de Santander, Armando Aguilera Torrado.
Por Camilo Ernesto Silvera Rueda - Redacción Política / EL FRENTE
La Entidad demostró que el disciplinado asumió un comportamiento violento, en la madrugada del 17 de diciembre de 2020, contra un guarda de seguridad que prestaba sus servicios en la sede B de la ESAP en Bucaramanga, a quien le fue otorgada una incapacidad de dos días.
“El director regional de la Esap, Armando Aguilera, organizó una fiesta de fin de año, sin protocolos de bioseguridad, en la sede de Bucaramanga cuando se terminó de realizar una ceremonia de grados. La rumba duró hasta las 2:30 de la mañana, cuando el funcionario comienza a golpear a un profesor y a un vigilante de la institución educativa", explicó Sergio Toledo, director de la Veeduría La Lupa, quien denunció los hechos ante las directivas nacionales de la Escuela Superior de Administración Pública.
Se conoció que el vigilante de la sede de la Esap en Bucaramanga, Ciro Correa, sufrió fracturas en el tabique y el rostro por los golpes que le propinó el exdirector de la entidad en Santander.
De acuerdo con el material probatorio recaudado, durante un evento en el que participaba el exfuncionario llegó la policía a la referida sede para solicitar que se disminuyera el volumen de la música, y Aguilera Torrado reaccionó en contra del vigilante poniendo en riesgo su bienestar y su seguridad personal.
Para el Ministerio Público, el entonces director territorial no solo atentó contra la integridad física de quien prestaba servicios de seguridad a la institución educativa, sino que también vulneró su dignidad como ser humano, pues al referirse a él utilizó palabras soeces y lo cuestionó diciendo “(…) usted no sabe quién soy yo (…)”.
La conducta cometida por el exdirector fue calificada como falta grave cometida a título de dolo, teniendo en cuenta que a los servidores públicos les está prohibido ejecutar actos de violencia contra superiores, subalternos, compañeros de trabajo y demás servidores públicos.
La sanción impuesta en fallo de primera instancia fue convertida en salarios de acuerdo con el monto de lo devengado al momento de la comisión de la falta, en razón a que el sancionado ya no ejerce función pública. Contra esta decisión procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento de la Procuraduría.