Es oficial: Consejo de Estado tumbó elección de Jaime Andrés Beltrán por doble militancia

Resumen

El Consejo de Estado anuló la elección de Jaime Andrés Beltrán como alcalde de Bucaramanga por doble militancia, cerrando todas las posibilidades legales de su permanencia en el cargo.

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Es oficial: Consejo de Estado tumbó elección de Jaime Andrés Beltrán por doble militancia

El fallo del Consejo de Estado no solo redefine el panorama político de Bucaramanga, sino que también sienta un precedente importante en la interpretación de la doble militancia al ratificar que los candidatos que son respaldados por coaliciones deben limitar estrictamente sus apoyos a la colectividad o partido político que lo avalo principalmente, en el caso de Jaime Andrés Beltrán el partido Colombia Justas Libres.

 

Por Camilo Ernesto Silvera Rueda

Redacción Política / EL FRENTE

 

El Consejo de Estado, en decisión de última instancia, declaró la nulidad de la elección de Jaime Andrés Beltrán Martínez como alcalde de Bucaramanga para el periodo 2024-2027, al considerar probado que incurrió en la causal de doble militancia en la modalidad de apoyo durante la campaña de 2023. La determinación cierra definitivamente la discusión jurídica sobre su permanencia en el cargo.

Más allá de un recurso de aclaración, que simplemente alargaría a lo sumo una semana más su permanencia en el cargo, a la defensa del alcalde de Bucaramanga Jaime Andrés Beltrán no le queda ninguna herramienta jurídica para mantenerlo en el cargo.

Así las cosas, en pocos días, el gobernador de Santander Juvenal Díaz Mateus deberá nombrar un alcalde encargado que será resultado de una terna que presente la coalición de partidos que avaló su candidatura a la Alcaldía de Bucaramanga, mientras se define la ruta para nuevas elecciones en la capital santandereana.

A manera de contexto es importante recordar que la demanda fue interpuesta tras la contienda electoral de octubre de 2023, en la que Beltrán, avalado inicialmente por el Partido Colombia Justa Libres, conformó una coalición que denominó Defendamos Bucaramanga, integrada por el Movimiento de Salvación Nacional y el Partido de la U, con la cual obtuvo más de 91.000 votos, equivalentes al 34 % del electorado local.

Sin embargo, en el desarrollo de su campaña Beltrán habría apoyado públicamente a candidatos que no pertenecían al partido que lo avaló principalmente (Colombia Justas Libres). Entre los mencionados se encuentran Edisson Ferney López Casallas, del Centro Democrático, y otros seis aspirantes al Concejo de Bucaramanga inscritos por el Partido de la U.

 

Estrategias fallidas

El Tribunal Administrativo de Santander consideró que esos respaldos eran actos de proselitismo prohibidos por la ley de partidos y constituían un incumplimiento de la disciplina partidista.

“Con dichas manifestaciones de apoyo realizó proselitismo a favor de candidaturas ajenas a las de su partido de filiación, contraviniendo la disciplina partidista que estaba obligado a seguir”, se lee en la sentencia del 12 de diciembre de 2024.

El fallo concluyó que Beltrán había vulnerado la prohibición de apoyar a candidatos distintos de aquellos inscritos por la coalición que lo avalaba, lo que derivó en la nulidad del formulario E-26 ALC, documento con el cual la Registraduría oficializó su elección.

Ante esa decisión adversa, la defensa del alcalde fue asumida por el exmagistrado de la Corte Constitucional Humberto Sierra Porto, quien desplegó una estrategia para frenar la pérdida del cargo.

El recurso más llamativo fue la presentación de una solicitud de nulidad procesal ante el Consejo de Estado. El abogado argumentó que el Tribunal Administrativo de Santander había incurrido en una violación al debido proceso al incorporar como prueba un documento del Consejo Nacional Electoral (CNE) —un registro web sobre partidos con personería jurídica— sin haberlo decretado previamente ni permitir su contradicción en audiencia.

Sierra Porto alegó que esta irregularidad cercenó los derechos de defensa del mandatario y sustentó la solicitud en los numerales 5 y 6 del artículo 133 del Código General del Proceso, que establecen causales de nulidad por omisión de oportunidades probatorias y procesales.

“El Tribunal valoró una prueba que nunca fue decretada de oficio ni sometida a contradicción. Se trata de un yerro sustancial que transgredió los derechos procesales del demandado”, insistió el abogado en su escrito.

No obstante, el Consejo de Estado negó la nulidad procesal solicitada por la defensa, tesis que finalmente se confirmó en el fallo definitivo.

 

Un desenlace político inevitable

Con la decisión del Consejo de Estado, la salida de Beltrán del cargo es un hecho consumado. La normativa establece que, en casos de nulidad electoral, el gobernador de Santander debe designar un alcalde encargado mientras se convoca a elecciones atípicas para que los bumangueses elijan un nuevo mandatario.

La anulación de su elección representa un duro golpe político para Beltrán, quien se proyectaba como figura emergente a nivel nacional con un discurso de mano dura contra la delincuencia, inspirado en la figura del presidente salvadoreño Nayib Bukele.

Pese a sus declaraciones iniciales de respeto por las instituciones y de compromiso con la ciudad, el desenlace judicial marca el final prematuro de su administración, a menos de un año de haber asumido.

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