Resumen
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)Por la cuantía del contrato, el cual superaba los mil millones de pesos, la Procuraduría General de la Nación había calificado las conductas objeto de investigación como falta gravísima a título de culpa gravísima, lo cual habría significado una inhabilidad cercana a los 15 años para el exgobernador de Mauricio Aguilar Hurtado, sanción a la que se hubiera sumado la destitución de su cargo. Esto último hubiera significado que, de haber sido hallado culpable, ni siquiera se le hubiera podido llamar en un futuro exgobernador de Santander.
Por Camilo Ernesto Silvera Rueda - Redacción Política / EL FRENTE
Luego de tres años de investigación, la Procuraduría General de la Nación determinó la absolución del exgobernador de Santander, Mauricio Aguilar Hurtado, contra quien el ente de control abrió una investigación luego de varias denuncias en las que se informaba de presuntas anomalías dentro de la firma de un contrato mediante el cual la Gobernación de Santander creó un call center en época de pandemia para la atención e información sobre el COVID-19.
El contrato que tuvo varios reparos en su momento por parte de algunos veedores, superó los 1.000 millones de pesos y tenía como objetivo resolver las inquietudes de los santandereanos acerca del virus, a través de un centro de atención telefónica, sin embargo, el contrato, de acuerdo con la denuncia, no se habría ejecutado de acuerdo con la propuesta presentada por el contratista, con el 100% del personal ofertado.
De acuerdo con los hallazgos preliminares tras la apertura de la investigación, el exgobernador Mauricio Aguilar aparentemente habría pagado por un servicio que no fue prestado, a pesar de que los informes del supervisor eran manifiestamente contrarios a lo pactado. Al menos eso alegaban los denunciantes, entre los cuales se encontraba el hoy senador de la República por el Partido Verde, Fabian Díaz Plata.
Durante la etapa inicial, el Ministerio Público cuestionó la conducta del exgobernador quien habría delegado en el director de la Gestión del Riesgo, la facultad contractual para el cumplimiento de la misión y funciones propias de su cargo.
Entonces, el ente disciplinario le formuló cargos al mencionado exdirector de Gestión del Riesgo, quien firmó el negocio jurídico, y al supervisor del contrato, pues habría suscrito y aprobado las actas de supervisión del contrato y presuntamente no informó del incumplimiento del contratista.
Después de varios meses de alegatos finales en los tribunales del ministerio público, todos los llamados a juicio disciplinario fueron absueltos de todos los cargos y fue el propio organismo de control el que dictaminó que la ejecución del contrato, tanto en lo presupuestal como en lo logístico, se habían llevado a cabo de acuerdo con la documentación.
“Aunque el exmandatario Mauricio Aguilar, el exdirector de la Oficina de Gestión del Riesgo, César Augusto García, y al exsupervisor del contrato, Sergio Orlando Ferro, eran cuestionados por las presuntas irregularidades en la ejecución del contrato, el fallo de la Procuraduría señala que no tuvieron responsabilidad en el contrato 541 del 2020 con el se habilitó el call center del COVID-19”, indicó John Franco, abogado apoderado del exsupervisor del contrato Sergio Ferro.
“No era como decía el denunciante el senador Fabián Díaz, y es que se había pagado por unos servicios no prestados. No, eso no es cierto, y eso lo logró establecer la Procuraduría General de la Nación y por eso profirió una absolución en contra de las personas que acaban de mencionar, el exgobernador, el exdirector de gestión del riesgo y el ingeniero Ferro Dávila”, dijo el abogado.
En este contexto, el Ministerio Público no encontró las presuntas irregularidades que en su momento fueron denunciadas por veedores y el congresista santandereano Fabián Díaz, quien anunció que llevará el caso a una última instancia.