Gobierno adopta nuevo protocolo para evitar que procesados con afecciones de salud serias sean enviados a prisión
Resumen
El nuevo protocolo del Ministerio de Justicia busca proteger la salud y los derechos de los reclusos con enfermedades graves, permitiendo su traslado a hospitales o reclusión domiciliaria. Este procedimiento garantiza un tratamiento humano y adecuado.
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
El protocolo, que entra en vigencia de manera inmediata, fue implementado por el Ministerio de Justicia y del Derecho, en coordinación con el Consejo Superior de la Judicatura, la Defensoría del Pueblo, Medicina Legal y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), entidades que supervisarán el adecuado cumplimiento del procedimiento. La determinación de esta medida será de forma bilateral, mediante un concepto de Medicina Legal, sustentado en evidencia científica; y la decisión del juez, quien evalúa si el estado de salud de la persona efectivamente es incompatible con su permanencia en un centro carcelario. Este mecanismo permitirá promover la humanización carcelaria y garantizar la protección de los derechos humanos de las personas privadas de la libertad.
El Ministerio de Justicia y del Derecho, en coordinación con el Consejo Superior de la Judicatura, la Defensoría del Pueblo, Medicina Legal y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), implementó un nuevo protocolo interinstitucional para garantizar el acceso oportuno a la atención médica de las personas privadas de la libertad cuya condición de salud sea incompatible con la reclusión.
Esta medida establece un estricto procedimiento de evaluación para que las personas privadas de la libertad con afecciones graves en su salud puedan ser redirigidas a través de lineamientos predefinidos y recibir atención digna y adecuada en un centro hospitalario o reclusión domiciliaria, cuando sea necesario.
La ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, indicó que se trata de un avance significativo en la humanización del sistema carcelario y una actividad interinstitucional que permitirá solucionar una grave problemática que ha persistido por años. “Esta es la materialización de una oportunidad de que las personas que tienen enfermedades incompatibles con el sistema carcelario puedan ser reconducidas a través de rutas específicas para que puedan tener dignidad y ser atendidas de la debida manera”, explicó la alta funcionaria.
El protocolo establece una ruta clara para la identificación y evaluación de los casos, a través de cinco pasos: identificación de casos probables para solicitud de reclusión domiciliaria u hospitalaria por enfermedad; activación de la ruta interna en el establecimiento de reclusión para realizar la solicitud de reclusión domiciliaria; orden de juez de ejecución de penas al Instituto Nacional Medicina Legal y Ciencias Forenses, en que solicita la valoración de médico legista; valoración medicolegal y remisión del concepto médico al juez de ejecución de penas; y notificación de la decisión por parte del juez de ejecución de penas.
La identificación se realiza a través de exámenes médicos, consultas especializadas, atención de urgencias e informes de defensores públicos y redes de apoyo. Una vez detectado un caso, el área jurídica del establecimiento coordina con la Unidad de Atención Primaria y el área de tratamiento para recopilar la información médica y legal necesaria.
Posteriormente, el juez de ejecución de penas solicita al Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses una valoración médica que determine la compatibilidad de la enfermedad con la reclusión. Con base en este diagnóstico, el juez decide si concede o niega la medida sustitutiva. En caso de ser aprobada, la persona privada de la libertad es trasladado a su domicilio o a un centro hospitalario; si es rechazada, se continúa con su tratamiento dentro del centro penitenciario.
El protocolo entra en vigencia de manera inmediata, con el compromiso de todas las instituciones involucradas de hacer control a su implementación. Esto se garantizará con la conformación de un Comité de Seguimiento que evaluará el cumplimiento de lo establecido.
El procedimiento de seguimiento también establece que el juez de ejecución de penas ordenará valoraciones médicas periódicas para determinar si la medida sustitutiva sigue siendo necesaria. Por su parte, las entidades administradoras de plan de beneficios garantizarán la atención en salud, mientras que la dirección del establecimiento penitenciario supervisará la seguridad. Si la condición del beneficiario mejora, el juez podrá revocar la medida.
Aunque no se establecen términos fijos, se priorizará la revisión de los casos en los que la vida e integridad de las personas privadas de la libertad estén en riesgo, en cumplimiento de los principios de derechos humanos.