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Gobierno expide decreto que endurece controles contra la tercerización laboral ilegal

El Gobierno expidió un decreto para frenar la tercerización laboral ilegal y obligar a las empresas a reconocer vínculos directos cuando haya funciones permanentes.

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El Gobierno nacional expidió el Decreto 0581 de 2026, una norma con la que busca combatir la tercerización laboral ilegal y garantizar que las empresas asuman sus responsabilidades frente a trabajadores que desempeñan funciones permanentes.


El anuncio fue realizado por el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, quien aseguró que la medida pone fin a prácticas mediante las cuales algunas compañías utilizan contratistas o intermediarios para evitar la vinculación directa de personal. “Se acabó el abuso de disfrazar empleos permanentes como contratos temporales”, afirmó el funcionario.


Según explicó el Ministerio del Trabajo, el decreto no elimina la tercerización legal, sino que establece criterios para identificar cuándo esta figura es utilizada de manera fraudulenta. La nueva reglamentación señala que, si una empresa dirige, controla y obtiene beneficios permanentes del trabajo realizado por una persona, deberá asumir las obligaciones laborales correspondientes.


La norma incorpora un nuevo capítulo al Decreto 1072 de 2015 y define conceptos como tercerización laboral, tercerización laboral ilegal e intermediación laboral ilegal. Además, establece una serie de indicadores que servirán a los inspectores de trabajo para determinar posibles irregularidades.


Entre estos indicios se encuentran situaciones en las que la empresa beneficiaria imparte órdenes directas a los trabajadores, fija horarios, supervisa las labores diarias o suministra las herramientas necesarias para la ejecución de las tareas.


Uno de los aspectos más relevantes del decreto es que la prestación de actividades permanentes mediante terceros generará una presunción de existencia de contrato laboral directo con la empresa beneficiaria, en aplicación del principio constitucional de primacía de la realidad sobre las formalidades.


La reglamentación también refuerza la vigilancia sobre las empresas de servicios temporales, recordando que estas solo pueden ser utilizadas para atender necesidades excepcionales y transitorias, como reemplazos por vacaciones, incapacidades o aumentos temporales en la producción.


Asimismo, el Ministerio del Trabajo contará con mayores facultades para ordenar procesos de formalización laboral, exigir correctivos e iniciar investigaciones administrativas cuando se detecten vulneraciones a los derechos de los trabajadores.


En materia sancionatoria, las empresas que incurran en prácticas de tercerización o intermediación ilegal podrán enfrentar multas de hasta 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes, además de medidas como la suspensión temporal de actividades o la revocatoria de autorizaciones de funcionamiento en los casos más graves.


De acuerdo con el Gobierno, la medida busca fortalecer la protección de los derechos laborales, promover la formalización del empleo y garantizar el respeto por principios fundamentales como la libertad sindical, la negociación colectiva y el derecho a la huelga.