Resumen
La campaña presidencial de Gustavo Petro enfrenta acusaciones de financiación ilegal. Según la Constitución colombiana, el Consejo Nacional Electoral puede revocar la credencial presidencial por violar las normas de financiación electoral, lo que podría aplicarse en este caso.
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)De acuerdo con los artículos 109 y 110 de la Constitución Nacional de 1991, el Consejo Nacional Electoral estaría habilitado para despojar de la credencial de PRESIDENTE DE LA REPUBLICA al actual mandatario de los colombianos por la simple violación de las normas sobre financiación electoral. Está comprobado que a la campaña presidencial de Gustavo Petro Urrego entraron millonarios recursos, algunos de ellos en moneda extranjera, que según el exsenador Armando Benedetti y la fallecida senadora Piedad Córdoba Ruiz, les habrían sido girados por organizaciones extranjeras, cuya identificación plena maneja la Fiscalía General de la Nación.
Según el artículo 109 de la Constitución nacional de 1991:
‘La Ley podrá limitar el monto de los gastos que los partidos, movimientos o candidatos puedan realizar en las campañas electorales, así como la máxima cuantía de las contribuciones individuales. Los partidos, movimientos y candidatos deberán rendir públicamente cuentas sobre el volumen, origen y destino de sus ingresos’.
A renglón seguido, dice la Constitución Nacional de 1991, en su artículo 110 que: ‘Se prohíbe a quienes desempeñan funciones públicas hacer contribución alguna a los partidos, movimientos y candidatos ó inducir a otros para que lo hagan, salvo las excepciones que establezca la ley. El incumplimiento de cualquiera de estas prohibiciones será causal de remoción del cargo o de pérdida de la investidura’.
¡Más claro no canta un gallo! La sola circunstancia de haber recaudado millonarias donaciones de grupos de narcotraficantes empeñados en arreglar sus problemas con la justicia y de haber recibido aportes del Sindicato de FECODE y de la Unión Sindical Obrera, cuyos recursos provienen de entidades estatales, además de los aportes de contratistas y contrabandistas, INVALIDA LA ELECCION del doctor Gustavo Petro como Presidente de la República.
La ‘Ley del pataleo’, que es un desesperado recurso de las personas ilegalmente elegidas para ocupar cargos públicos del orden nacional, departamental y/o municipal, está conduciendo al presidente Petro hacia la desesperación y la locura, como lo advierten recientes declaraciones del expresidente liberal César Gaviria Trujillo, que está hablando de problemas de salud mental del controvertido mandatario de los colombianos.
Solamente se necesita el juicio político que reclamaron ayer numerosas delegaciones de los partidos de oposición, durante las marchas de protesta que se realizaron en ciudades capitales de os departamentos, insinuando que el presidente Petro está inhabilitado para desempeñar el cargo por la simple violación de los topes para la financiación de la primera y la segunda vuelta electoral. La suerte de la nación frente a una determinación que debe adoptar el Consejo Nacional Electoral está en manos de este cuerpo colegiado de juristas, que deben darle prelación a las demandas de nulidad aplicables al actual huésped del Palacio de Nariño, que está elegido ilegalmente con dineros de dudosa procedencia y con aportes de sindicatos del sector público, como lo señalaron en su momento el senador Armando Benedetti y la fallecida senadora Piedad Córdoba, que trajeron dinero desde el exterior, con donaciones de la dictadura venezolana, para comprar las elecciones presidenciales en algunas regiones del país.