¿Ha falsificado alguna vez una incapacidad laboral? Aquí le contamos a qué se expone

Resumen

En Colombia, falsificar una incapacidad médica puede ser penalizado con hasta 108 meses de prisión y la terminación laboral. Además de las consecuencias penales, pueden iniciarse procesos sancionatorios en el ambiente laboral. Este delito prescribe a los 9 años.

Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
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by Camilo Silvera
¿Ha falsificado alguna vez una incapacidad laboral? Aquí le contamos a qué se expone

De acuerdo con el Código Penal, en Colombia la falsificación de una incapacidad médica está contemplada como falsedad en documento privado y puede tener consecuencias legales significativas donde, por ejemplo, la empresa tiene la posibilidad de denunciar penalmente al trabajador que entregó el documento fraudulento.

“El artículo 289 del Código Penal colombiano, advierte que quien falsifique un documento privado que pueda servir de prueba y lo utilice, puede enfrentar una pena de prisión de dieciséis (16) a ciento ocho (108) meses. Incluso, se puede dar por terminado el contrato laboral por justa causa, por parte del empleador”, explica el abogado Jimmy Jiménez del bufete Integrity Legal.

Además de las consecuencias penales, si un trabajador es descubierto falsificando una incapacidad médica, también es posible que se inicien procesos sancionatorios que pueden incluir llamados de atención formales, suspensión del contrato de trabajo; teniendo en cuenta las circunstancias, reglamento interno y la gravedad del caso.

Así como otros delitos en el país, este también prescribe y considerando que es un delito de falsedad en documento privado, cuya pena máxima es de 108 meses, por lo cual, si no se inician acciones, este prescribe 9 años después de haberse cometido.

Podemos tomar como ejemplo un caso que ocurrió en abril del año 2016, donde una empleada de una compañía que fabrica y vende ropa, falsificó una incapacidad por un día y en el momento en que la empresa realizó la autenticidad, encontró ciertas irregularidades por las que, dándole seguimiento al caso de manera legal, fue condenada a una sentencia de dieciséis (16) meses de prisión y una pena accesoria de inhabilidad en el año 2021.

El experto Jiménez, también indica que “A este tipo de delitos se les puede reconocer los subrogados penales, como la prisión domiciliaria, la reducción de la pena, entre otros. Quien cometa este delito puede solicitar este tipo de subrogados para acceder a alguno de estos beneficios”.

Cualquier acción que tome el empleador, deberá manejarse dentro del marco legal, puesto que debe respetarse el debido proceso disciplinario y por supuesto dependiendo del reglamento interno de la empresa. Es posible que el trabajador deba ser notificado y pueda presentar descargos, de los cuales dependerá el despido justificado; pues en caso de faltar al debido proceso, una autoridad podría ordenar el reintegro del trabajador.

Acerca de Jimmy Jiménez

Jimmy Jiménez, Doctor honoris causa de la Universidad Autónoma de Coahuila México, vicepresidente de la Orden de la Abogacía Colombiana y fundador de la Comunidad Educación Legal Abogados Colombia, miembro del Instituto Colombiano de Derecho Procesal (ICDP), socio fundador y jefe jurídico del área de derecho privado de la firma INTEGRITY LEGAL USA. Abogado litigante, capacitador y conferencista internacional con amplia experiencia.

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