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Hubo justicia para jóvenes ejecutados por uniformados de la policía hace 2 años

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Resumen

La Procuraduría General de Colombia encontró culpables a varios oficiales de policía por el homicidio de tres hombres durante un operativo en 2022. El ex Teniente Coronel Benjamín Darío Núñez fue sentenciado a 19 años de inhabilitación, mientras otros oficiales recibieron castigos de 11 a 15 años.

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La Procuraduría General de la Nación adelantó una investigación frente a un operativo, llevado a cabo el pasado 25 de julio del año 2022, por uniformados adscritos al departamento de Policía de Sucre, en el sector conocido como la intercepción la Garita, del corregimiento de Chochó (Sucre), en el cual se realizó un plan candado a raíz de la muerte del patrullero de la institución policial, Diego Felipe Ruiz Rincón, en el municipio de Sampués.

Donde inicialmente integrantes del Grupo de Protección a la Infancia y Adolescencia de la mencionada institución, requirieron a tres ciudadanos identificados con los nombres de Carlos Alberto Ibáñez Mercado, Jesús David Díaz Monterroza y José Carlos Arévalo Contreras, personas que posteriormente fueron embarcadas en un vehículo institucional de la Policía, con el fin de trasladarlas al centro médico más cercano y así brindarles asistencia hospitalaria, considerando que presentaban una serie de lesiones en su humanidad, pero durante el trayecto desde el lugar antes citado hasta la clínica María Reina, de la ciudad de Sincelejo, recibieron varios impactos con arma de fuego por parte del oficial Benjamín Darío Núñez Jaramillo, Teniente Coronel (hoy retirado). Los referidos capturados fueron declarados muertos en el centro médico citado.

La Procuraduría Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 1, mediante fallo del 23 de agosto de 2024, declaró responsable disciplinariamente a Benjamín Darío Núñez Jaramillo en calidad de Comandante Operativo de Seguridad Ciudadana DESUC, en su grado de Teniente Coronel para la época de los hechos, por encontrarse probado y no desvirtuado el cargo atribuido, por la comisión de falta gravísima prevista en el parágrafo del artículo 45 de la Ley 2196 de 2022 (Estatuto Disciplinario Policial), consistente en la comisión de una conducta descrita en la ley como delito, esto es el artículo 103 del Código Penal, que describe el delito de  homicidio y, en consecuencia, se le impuso sanción disciplinaria, consistente en destitución e inhabilidad para ejercer función pública en cualquier cargo durante diecinueve (19) años.

Además, se encontraron responsables disciplinariamente al mayor Cristian Alberto Betancur Salamanca y a los siguientes suboficiales, con cargo de patrulleros: Eduar de Jesús de la Rosa Juez, Santiago Garavito Díaz, Rafael Paz Barboza, Uber Guillermo Mieles Arroyo, Bernardo Pontón Mercado, Diana Marcela Puerta Rodríguez, Leila Carolina Ávila Pestana.

A los anteriormente citados se le encontró responsables de la falta gravísima descrita en el parágrafo del artículo 45  de la Ley 2196 de 2022 (Estatuto Disciplinario Policial) por la comisión de una conducta descrita en la ley como delito de prevaricato por omisión y abuso de autoridad, previstos en los artículos 414 y 416  del Código Penal, por no haber protegido en su vida e integridad a los civiles capturados que resultaron muertos con ocasión de procedimiento policial enunciado en la parte inicial.

A estos servidores se les impuso sanción de destitución e Inhabilidad para el ejercicio de función pública en cualquier cargo por un término entre 11 y 15 años, respectivamente.

En la misma providencia fueron absueltos de responsabilidad disciplinaria la Subteniente María Camila Buriticá Valencia, comandante del CAI, para la época de los hechos y a los patrulleros; Jesús María Bolaño Castro, Álvaro Antonio Álvarez Ricardo y Yamit Alfonso Henao Araque al no encontrarse probados los cargos imputados.

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