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Irregularidades en la implementación de la actualización catastral en Bucaramanga. Por Juan Manuel Álvarez Cruz

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Resumen

El catastro es importante para la planificación urbana y no sólo para aumentar los impuestos. Sin embargo, en Bucaramanga, ha habido inconsistencias y malentendidos con las actualizaciones catastrales que han llevado a aumentos de impuestos injustificados y errores procedimentales.

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Cada vez que se habla de “catastro” en medios de comunicación y redes sociales se genera cierto malestar por parte de la ciudadanía al ser asociado dicho término al aumento de impuestos, algo que nadie quiere, y aunque efectivamente incide en la liquidación del Impuesto Predial Unificado (IPU) en cada uno de los municipios del país, no es el único propósito que cumple. El catastro es una herramienta necesaria para hacer censos analíticos de la propiedad inmobiliaria y su comercialización, permite el conocimiento real del territorio y sirve como instrumento base para la planeación de las ciudades, razón por la cual, un catastro actualizado es fundamental para el desarrollo territorial. Teniendo en cuenta su importancia en el ejercicio de planificar ciudad y la rama del derecho en la cual me desenvuelvo, durante los últimos cinco años he venido estudiando y trabajando en la nueva metodología denominada “catastro multipropósito”, con especial énfasis en la aplicación que se le ha dado en Bucaramanga y la atípica actualización catastral ordenada en el año 2018, con el firme objetivo de identificar lo que NO se debe hacer en un proceso de esta índole.

Ya son varias las intervenciones que he hecho en medios radiales y escritos explicando un tema complejo por su tecnicismo, evidenciando los errores en los cuales han caído abogados, concejales, Alcaldía de Bucaramanga, y el Área Metropolitana de Bucaramanga (AMB) en calidad de gestor catastral. Respecto a los dos últimos, lastimosamente, a pesar de las sugerencias y advertencias respecto de las irregularidades en las cuales han venido incurriendo desde el año 2020, trasgrediendo la norma catastral nacional y tributaria del municipio, han hecho caso omiso, poniendo en riesgo el presupuesto municipal cobrando aumentos del IPU sin fundamento jurídico alguno. Si bien los impuestos son una fuente vital de contribución para los Estados de Derecho como Colombia y tienen como fin la financiación de la inversión de la infraestructura y la prestación de servicios públicos esenciales, según el artículo 95 de la Constitución Política Nacional en su numeral noveno, el cobro debe estar enmarcado bajo los principios de justicia y equidad, razón por la cual, ante un procedimiento mal ejecutado por parte de la administración, el contribuyente está en el derecho de exigir su reliquidación, devolución o compensación de saldos, tal como ocurre en este momento en Bucaramanga.

A pesar que el Concejo Municipal de Bucaramanga en el año 2020 mediante Acuerdo determinó que, independiente del levantamiento de las medidas cautelares que pesaban sobre la actualización catastral, solo hasta que haya sentencia en última instancia se podría hacer la implementación de la misma, la administración municipal amparada erróneamente en el principio de legalidad del acto administrativo ha venido haciendo incrementos en los avalúos sin respaldo jurídico, rompiendo el principio constitucional. Es de aclarar que, en ningún momento el alto tribunal ha ordenado la aplicación del aumento de los avalúos como se ha mal interpretado, únicamente levantó la suspensión para que, conforme a un proceso reglado, soportado en la norma, tanto el gestor catastral como la Secretaría de Hacienda pueda ejecutar los respectivos incrementos, lo cual omitió para el caso en mención. No se discute la legalidad del acto administrativo que tiene pendiente una acción de nulidad que seguramente va a ganar el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) en el Tribunal Administrativo de Santander, es el procedimiento que no han tenido en cuenta, el incumplimiento de la norma que por desconocimiento se saltaron y, en consecuencia, vicia la liquidación del IPU con el incremento venido del 2018 y 2019 para los años 2022 y 2024.

De igual forma, es de precisar la confusión en la que se ha incurrido al confundir los procesos de conservación y actualización catastral utilizando una metodología inexistente en la norma, sumado a la creencia que los avalúos son eternos, que los valores producto de una actualización se pueden aplicar en cualquier tiempo, obviando el mismo Estatuto Tributario. ¿Puede un paciente presentar un estudio de sangre al médico 2 años después de ser tomado? A pesar que se trata de temas diferentes, la analogía sirve para explicar la naturaleza de los avalúos y la validez de los mismos. Respecto a los mayores valores pagados por la actualización catastral en el año 2019, el problema no es quienes cumplieron con la contribución, tampoco la legalidad de la resolución, lo que obliga la devolución de los recursos se sustentara en los escritos que presentaran mis asesorados antes que se venza el término de ley para reclamar.

Es de comprender que, como las obras inconclusas, el alumbrado público deficiente y la crisis de Metrolínea, los inconvenientes presentados en la aplicación de la actualización catastral han sido heredados por la actual administración, quienes tendrán que realizar de nuevo los estudios que reajusten los valores de avalúos, igual, el catastro en Bucaramanga está desactualizado toda vez que los mismos son del 2018 y modificar el presupuesto para el Plan de Desarrollo Municipal teniendo en cuenta una posible caída del plus valor que implica no solo la reliquidación del año 2024 con avalúos del 2013, también, la probable devolución de las sumas cobradas en el 2022 para los sectores 1, 3, 6, 7, 8, 9 y sector 10 por cobro de lo no debido ante la falta de fundamento jurídico. Lo anterior, se puede dar siempre y cuando los contribuyentes interesados presenten reclamaciones robustas, cimentadas desde la norma catastral, sin el facilismo de los formatos que ruedan por las redes sociales que no tendrán futuro alguno.

Si bien puede verse menguado el recaudo por concepto del IPU a favor del municipio, que sea la oportunidad para la ciudad de comprender que es necesario cambiar el modelo de gestión que nos ha traído problemas en construcción de parques, movilidad, alumbrado, entre otros, tecnificando los procesos de planificación que permiten disminuir el riesgo de fracaso. “Locura es hacer lo mismo una y otra vez y esperar resultados diferentes”, Albert Einstein.

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