La interminable crisis de la salud

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by Jose Gregorio Hernández
La interminable crisis de la salud

Es muy grave lo que ha reiterado la Defensoría del Pueblo en materia de salud: medicamentos inaccesibles, derechos vulnerados, crisis estructural del sistema vigente.

La realidad palpable a la que se enfrentan los pacientes y sus familiares -dice la Defensoría- se caracteriza por un incremento sostenido y prolongado de barreras infranqueables para los usuarios, en lo que hace al acceso y la disponibilidad de medicamentos en todo el territorio nacional, sin distinción por tipo de afiliación, con un impacto más severo en poblaciones rurales, étnicas y con baja conectividad.

Esto acontece en el país, ante la indolencia de los integrantes de la Comisión Séptima del Senado, quienes -con pretextos formalistas, subterfugios y evasivas- se esmeran en impedir el trámite y discusión del proyecto de ley presentado por el Gobierno desde hace dos años y aprobado en la Cámara de Representantes.

Desde luego, no se está pidiendo un obsequio misericordioso de los congresistas sino el ejercicio de la función legislativa que deben cumplir, para la cual fueron elegidos. Están afectados los derechos fundamentales a la vida, a la dignidad, a la salud e integridad de muchos colombianos. Nadie les exige que aprueben exactamente lo que propone el proyecto. Cada senador verá en qué sentido vota, pero deben dar curso a los debates que contempla la Constitución, discutir, proponer reglas y soluciones, dada la evidente y generalizada situación, abiertamente contraria a los valores y principios esenciales.

Ante esa actitud renuente e indolente, algo tienen que hacer los demás órganos estatales en defensa de los derechos básicos.

De no haber sido por miles de acciones de tutela incoadas, la situación sería peor. Aunque algunas han sido desacatadas -lo que debe ser sancionado-, han salvado la vida de muchas personas, contra la arbitrariedad de las entidades prestadoras de los servicios.

Según el artículo 334 de la Constitución la dirección general de la economía está a cargo del Estado, obligado a intervenir en los servicios públicos y privados, para racionalizar la economía, con el fin de conseguir, entre otros propósitos, el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y el logro de los objetivos del Estado Social de Derecho. El gasto público social es prioritario.

El artículo 48 estipula que la seguridad social es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. Podrá ser prestada por entidades públicas o privadas, de conformidad con la ley.

Añade la norma: “No se podrán destinar ni utilizar los recursos de las instituciones de la seguridad social para fines diferentes a ella”.

Estamos ante servicios públicos de carácter esencial y prevalente, en cuanto está de por medio la vida humana. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.

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por Jose Gregorio Hernández
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