La justicia le pone freno al abandono: Juzgado ordena a Metrolínea recuperar el portal inconcluso de Papi Quiero Piña

Resumen

Tras años de abandono, una medida judicial obliga a Metrolínea a intervenir el portal inconcluso de Floridablanca. Asegurar la zona y garantizar un ambiente sano son las prioridades. Esta decisión resalta el compromiso con los derechos colectivos y el patrimonio público.

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La justicia le pone freno al abandono: Juzgado ordena a Metrolínea recuperar el portal inconcluso de Papi Quiero Piña

 

Durante más de una década, el llamado portal de Floridablanca, en el sector conocido como Papi Quiero Piña, ha sido un símbolo incómodo del abandono institucional. Una estructura inconclusa desde 2012, devorada por la maleza, el deterioro y la desidia, que con el paso de los años dejó de ser una promesa de movilidad para convertirse, según la comunidad, en un foco permanente de inseguridad, insalubridad y riesgo para quienes transitan o habitan en sus alrededores.

 

Por Camilo Ernesto Silvera Rueda - Redacción Política / EL FRENTE

Ese prolongado silencio administrativo comenzó a resquebrajarse con una decisión judicial de alto impacto. Mediante un auto fechado el 16 de diciembre de 2025, el Juzgado Once Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga decretó una medida cautelar y le ordenó a Metrolínea S.A. adoptar, de manera inmediata, acciones concretas para recuperar las áreas interiores y exteriores del portal inconcluso, amparando así los derechos colectivos de la comunidad.

El fallo se produce dentro del proceso radicado bajo el número 68001-33-33-011-2025-00075-00, correspondiente a una acción popular interpuesta por el veedor ciudadano Marco Antonio Velásquez quien acudió a la justicia administrativa para exigir la protección de derechos fundamentales de carácter colectivo, entre ellos el goce de un ambiente sano, la seguridad y salubridad públicas, la moralidad administrativa y la defensa del patrimonio público.

 

Proyecto abandonado y riesgo latente

En su demanda, el actor popular expuso que la estación o portal de Metrolínea en Floridablanca nunca fue terminada y que, lejos de mantenerse en condiciones mínimas de seguridad, se transformó con el tiempo en un espacio vulnerable: acceso libre para personas ajenas, proliferación de especies animales, acumulación de basuras, contaminación visual y un escenario propicio para la delincuencia.

El despacho judicial no pasó por alto estas denuncias. Por el contrario, destacó que el abandono prolongado de una obra pública no solo representa un detrimento al patrimonio del Estado, sino que genera afectaciones directas y actuales a la comunidad, especialmente cuando existen evidencias de riesgos graves para la integridad física de las personas. El juzgado incluso tuvo en cuenta registros audiovisuales, enlaces de prensa y la información reciente sobre un accidente ocurrido en diciembre de 2025 en inmediaciones del portal, como indicios preliminares de una amenaza real y vigente.

Durante el trámite de la solicitud de medida cautelar, únicamente Metrolínea S.A. se pronunció para oponerse. La empresa argumentó que no existía prueba técnica de un daño grave o inminente, que la solicitud buscaba anticipar el fallo de fondo y que sí se habían realizado labores de mantenimiento, cerramiento y vigilancia, dentro de las limitaciones presupuestales y contractuales existentes.

Sin embargo, el Juzgado Once Administrativo consideró que dichos argumentos no desvirtuaban el riesgo advertido. En su análisis jurídico, la jueza Edilia Duarte Duarte concluyó que se cumplían plenamente los requisitos establecidos en el artículo 231 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo para decretar la medida cautelar.

El despacho fue enfático en señalar que la demanda estaba razonablemente fundada en derecho, que el accionante se encontraba legitimado para actuar al tratarse de una acción pública, y que resultaba más gravoso para el interés público negar la medida que concederla. A su juicio, permitir que la situación continuara sin intervención inmediata podía volver nugatorios los efectos de una eventual sentencia favorable a la comunidad.

La decisión judicial no se quedó en generalidades. De manera precisa, el juzgado ordenó a Metrolínea S.A. que, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del auto, ejecute tres acciones puntuales:

·         Realizar la poda de la maleza existente en el área del portal de Floridablanca.

·         Garantizar el cierre total del acceso al inmueble, evitando el ingreso no autorizado.

·         Implementar un servicio permanente de vigilancia las 24 horas del día, todos los días de la semana, ya sea mediante personal de seguridad o mecanismos tecnológicos idóneos.

·         Además, la empresa deberá remitir al despacho, en un plazo máximo de tres días, un informe detallado y soportado con fotografías, contratos y reportes que acrediten el cumplimiento de la vigilancia permanente, sin perjuicio de las visitas de verificación que pueda realizar el juzgado o las autoridades competentes.

 

Un precedente para la ciudad

Más allá de las obligaciones inmediatas que recaen sobre Metrolínea, el fallo del Juzgado Once Administrativo envía un mensaje contundente a las entidades públicas del área metropolitana: el abandono de obras y bienes públicos no es un asunto menor ni una simple falla administrativa, sino una vulneración directa de derechos colectivos que puede y debe ser corregida por la vía judicial.

Para los habitantes de los sectores aledaños al portal de Papi Quiero Piña, la decisión representa una esperanza largamente postergada. No resuelve de fondo el destino definitivo del proyecto inconcluso, pero sí marca un punto de quiebre frente a años de deterioro, inseguridad y riesgo normalizado.

La justicia, en esta ocasión, decidió no mirar hacia otro lado. Y le recordó a Metrolínea y a las autoridades involucradas que el espacio público abandonado también hiere, también amenaza y también exige respuestas inmediatas.

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