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Ley establece límite máximo para el arriendo de inmuebles en Colombia

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Resumen

La Ley 820 de 2003 en Colombia regula los contratos de arrendamiento, estableciendo un precio máximo mensual del 1% del valor comercial de la propiedad. Esta ley fomenta la transparencia y estabilidad en el mercado inmobiliario.

Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
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La Ley 820 de 2003 regula los contratos de arrendamiento en Colombia, determinando claramente cuánto pueden cobrar los arrendadores por el alquiler de un inmueble. Esta ley es esencial en un país donde el 40,2% de la población vive en arrendamiento, ya sea directamente con el propietario o a través de una inmobiliaria.

De acuerdo con la Ley 820 de 2003, el valor máximo del arriendo mensual no puede superar el 1% del valor comercial del inmueble. No obstante, el valor comercial no debe exceder el doble del avalúo catastral actual. Por ejemplo, para una propiedad con un avalúo catastral de $300.000.000, el alquiler máximo permitido sería de $3.000.000.

Además, la ley permite que el arriendo se fije en moneda extranjera, siempre que el pago se realice en moneda legal colombiana y de acuerdo con la tasa de cambio representativa del mercado al momento de la firma del contrato, a menos que se acuerden otras condiciones.

Esta normativa asegura que los arrendamientos sean justos y transparentes para ambas partes, contribuyendo a una mayor estabilidad en el mercado inmobiliario colombiano.

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