Leyes que siguen produciendo Hacinamiento

Resumen

El populismo punitivo en Colombia, con penas extremas, ha agravado el hacinamiento carcelario. Leyes como la de 2004 han limitado la libertad condicional, creando una sobrepoblación penitenciaria que demanda reformas urgentes para revertir esta tendencia.

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Leyes que siguen produciendo Hacinamiento

Por: Hernando Mantilla Medina

Hora de Reformas ciertas. Varias veces he dicho que hay Leyes en Colombia que producen Hacinamiento, hoy lo sigo diciendo, lo ratifico, siguen produciendo Hacinamiento.

Así, se ha dado últimamente el fenómeno llamado “ populismo punitivo “ que son aquellas Leyes que se dan en un momento coyuntural, por la mediatez de un delito, por la cantidad de memes y/o de noticias negativas que obviamente produjo el hecho, hemos visto como las penas por atentar contra la Dignidad Sexual de los Menores de Edad, han llegado a tener condenas que pueden ser de 50 años y si obviamente la situación se agrava con la muerte del menor, la pena llega a la máxima en Colombia, 60 años.

Pero como digo, esas son Leyes del momento, pero que si se analiza la realidad del efecto que han tenido sobre el mismo delito, ha sido muy bajo o casi nulo, el delito contra menores se sigue dando y lo peor es que solo conocemos los que se denuncian, pero recordemos que hay muchos de esos delitos “camuflados” por el hecho cierto de la dependencia económica del padre acosador y/o violador, esa es nuestra realidad, cruda, pero real.

Ese incremento de penas debería ir de la mano con la posibilidad legal, como existía antes, de la concesión de Beneficios una vez el condenado haya cumplido una buena parte de su condena, pero eso, desde el año 2004, no pasa en Colombia.

Esa es una de las Leyes que más ha producido y sigue produciendo Hacinamiento en Colombia, la Ley 906 de 2004, esta Ley le dio un poder excesivo, que todavía tienen, a los Jueces de Penas, hagamos memoria:

Antes de esta Ley para efectos de la concesión de la Libertad Condicional existía la Ley 599 de 2000, o la llamada Ley 600, esa Ley en su Artículo 64 decía textualmente: “ el Juez concederá la libertad condicional a la persona condenada cuando haya cumplido todos sus requisitos objetivos, ellos son, tiempo de condena paga, conducta, resocialización y concepto favorable del Director de la Cárcel, quien debe aceptar que el condenado ya cumplió con su Tratamiento Penitenciario ", la Ley 906 de 2004 cambió de tajo esa Norma y ahora dice: “el Juez podrá conceder, o sea, es facultativo del Juez, no es una Orden Legal, la libertad condicional habiendo cumplido sus Requisitos Objetivos y, ahí está la perlita, previa revisión de la conducta punible”.

De ese concepto, que es lo que se considera requisitos subjetivos, o sea, ni más ni menos, “ la voluntad del Juez, su criterio, su arbitrio, la aplicación de su estado de ánimo a la decisión “, se han pegado desde ese momento los Jueces de Penas y 22 años después, siguen negando Libertades Condicionales, ayer vi un caso en otra ciudad.

No les sirve a los Jueces que de los 50 años el condenado ya haya pagado 30 físicos, o sea, el tiempo pago ya no vale, en otras palabras, en Colombia si existe la cadena perpetua, lo que pasa es que está escondida en otras Leyes.

Si queremos que el Hacinamiento disminuya, una de las formas es cambiar Leyes, por lo menos, esa Ley, es hora de hacerlo, seguiré diciéndolo, #nomashacinamiento, #prisiondignayhumana. Voy con toda. Amén.

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