Los ríos no se negocian

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Resumen

La Corte asegura que, sin importar el tamaño del proyecto o los intereses urbanísticos, la protección del agua es prioritaria. Construir en zonas de protección viola esta regla, y la legalidad no debe ser moldeada por conveniencias.

Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
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by Oscar Jahir Hernandez
Los ríos no se negocian

El río, que toda la vida ha sido río, en las curadurías se transforma en un simple “canal”, una pequeña “zanja”, un “drenaje”, un “cauce intermitente” o el más descarado concepto de todos los que he visto: una “afectación menor”. Y así, con un diccionario creativo y la consabida firma de curadores, secretarios de planeación y alcaldes corruptos, se empieza a correr la línea: el agua para un ladito y la construcción para dentro.

La Corte, con su sentencia T-529 de 2025 sobre los retrocesos en la protección de los cuerpos hídricos, vino a decir lo que en teoría todos sabíamos, pero que en la práctica se nos olvida cada vez que alguien llega con planos y plata en la cartera: no se puede retroceder en la defensa del agua para acomodar urbanismo. En otras palabras: el derecho ambiental no es una plastilina para moldearlo según el lote, el constructor o la temporada electoral.

Es un límite, y casi siempre esos límites incomodan a los interesados. Hay que tener en cuenta que el problema no es el río: el problema es la costumbre nacional de tratar la naturaleza como un estorbo administrativo. Y ahí es donde aparecen los “ajustes” al POT, los “criterios técnicos” de bolsillo, la “armonización normativa” y todas esas frases rimbombantes que lo único que significan es: déjenme construir aquí y después miramos cómo lo justificamos. Tal cual sucedió con la estación de bomberos del municipio de Girón, donde a pesar de haberse construido sin respetar las franjas de distanciamiento del río, se hizo un “ajuste normativo” para reducirlas.

Situaciones como estas fueron las que analizó la Corte Constitucional para mandarle una advertencia clara a los directores de corporaciones ambientales y alcaldes: a ustedes no los eligieron —ni los nombraron— para inaugurar senderos “verdes” con cinta y foto. Los pusieron para vigilar, y vigilar no es ir a “hacer presencia” cuando ya se levantaron muros y gaviones. Vigilar es impedir, actuar a tiempo, es no hacerse los locos cuando a los retrocesos los disfrazan de jardines verticales o construyen canchas de padel ilegales como las del anillo vial en Floridablanca.

Después de que se llegue a eso, si hay construcciones donde la norma las prohíbe —en rondas, retiros, zonas de protección— la respuesta no puede ser el eterno “está en trámite”. Trámite es lo que se le exige al ciudadano que pide un permiso. Al que invade, se le exigen medidas, sanciones, restitución… y cuando corresponda, demolición, esa palabra que en Colombia parece reservada para los humildes, mientras al poderoso se le redacta una “alternativa de manejo”, tal y como lo están haciendo en el Club Campestre de Bucaramanga, donde extrañamente todos se volvieron ciegos.

La Corte ya lo dejó claro son 30 metros y punto. No 15 “por consenso”, ni 10 “porque el lote es pequeño”, o 5 “porque ya construyó”. Treinta. Lo demás es abrirle la puerta al abuso, a la tragedia y a la impunidad. Ojalá que ahora sí lo entiendan.

 

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por Oscar Jahir Hernandez
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