Resumen
El Ministerio TIC de Colombia emitió el Decreto 1031 para unificar el proceso de despliegue de infraestructura de telecomunicaciones. El decreto incluye un Formulario Único de solicitud y el desarrollo de un Portal Único de Despliegue de Infraestructura TIC.
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)En un paso significativo para el sector de las telecomunicaciones en Colombia, el Ministerio TIC ha emitido el Decreto 1031 de 2024, que establece un Procedimiento Único para el despliegue de redes e infraestructura de telecomunicaciones en todo el país. Esta normativa busca promover el acceso a servicios TIC de calidad, respetando la autonomía de las entidades territoriales.
El Decreto 1031 marca un hito al simplificar y unificar los requisitos para el despliegue de infraestructura, aplicando tanto a proveedores de redes como a entidades territoriales. "Esta normativa es uno de nuestros grandes legados para el sector de las telecomunicaciones. Seguimos eliminando las barreras para la instalación de antenas y, en general, para el despliegue de infraestructura TIC, para que Colombia sea una verdadera Potencia Digital", expresó el ministro TIC, Mauricio Lizcano.
Uno de los componentes clave de esta reglamentación es el establecimiento de un Formulario Único de solicitud, que define la documentación necesaria para el trámite ante las entidades territoriales competentes. Este formulario entrará en vigor tres meses después de la publicación del Decreto en el Diario Oficial. Además, se exigirá el cumplimiento de los tiempos máximos estipulados en el procedimiento para evitar retrasos en la implementación de los proyectos.
En complemento, el Ministerio TIC desarrollará el Portal Único de Despliegue de Infraestructura TIC, una plataforma digital que centralizará la radicación de solicitudes de autorización y permitirá el seguimiento del despliegue de redes e infraestructura. Este portal deberá estar operativo a más tardar 18 meses después de la entrada en vigor del Decreto.
El Decreto 1031 es el resultado de un proceso de socialización con entidades territoriales y agentes del sector, y se enmarca en el cumplimiento del artículo 147 de la Ley 2294 de 2023, que aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 "Colombia Potencia Mundial de la Vida".