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“Nuestro deber es cumplir el fallo”, gobernador sobre nulidad en la CAS

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En síntesis, los reparos de la parte demandante radican en que la Corporación Autónoma Regional de Santander debió convocar a la elección del representante y suplente de las comunidades negras ante el consejo directivo, antes de proceder a la designación de su director general, ya que así lo disponen las normas invocadas como desconocidas.

Por Camilo Ernesto Silvera Rueda - Redacción Política / EL FRENTE

El Consejo de Estado ordenó, mediante un fallo proferido por la sección quinta, declarar la nulidad del actual director de la Corporación Autónoma de Santander Raúl Durán Parra para el periodo 2024 – 2027, luego de constatar irregularidades durante su proceso de elección.

“Declárase la nulidad del Acuerdo 086 del 15 de febrero de 2023, por medio del cual el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Santander designó al señor Raúl Durán Parra como director general de la entidad para el período 2024-2027, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia”, dice a ponencia del magistrado Omar Joaquín Barreto, en la cual también se ordenó corregir errores efectuados en la elección reciente: “Adviértase que la sesión para la designación del director general de la Corporación Autónoma Regional de Santander solo podrá realizarse nuevamente, una vez se haya agotado en debida forma el trámite previsto en los artículos 2.2.8.5.1.1 y siguientes del Decreto 1076 de 2015 para la elección del representante principal y suplente de las comunidades negras ante el consejo directivo de la entidad.

La demanda había sido interpuesta por un abogado identificado como Pedro Antonio Carballido Fuentes, quien alegó que no se habría tenido en cuenta la decisión de las comunidades negras durante el proceso de la elección, argumentó que tuvo eco en la ponencia que luego fue ratificada por la totalidad de los consejeros del alto tribunal, tras la solicitud de nulidad impetrada por Carballindo Fuentes, quien actuó como representante legal del Consejo Comunitario Afrodescendientes de Puerto Wilches, Santander, y alegó que su liderazgo comunitario lo habilitó para integrarse al Registro Público Único Nacional de Consejos Comunitarios, Formas y Expresiones Organizativas, y Organizaciones de Base de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras de la entidad.

De acuerdo con el fallo emitido por el Consejo de Estado, “tal designación está viciada de nulidad ya que se omitió y vulneró el derecho al voto del representante de las comunidades negras ante el consejo directivo de la entidad”.

En la respuesta a la demanda, el director de la CAS aseguró que la presencia de un representante de las comunidades afrodescendientes no afectaría su elección pues obtuvo 11 votos a favor de 12 posibles “así que contó con la mayoría absoluta para ser designado director general de la entidad, tal y como lo dispone el artículo 46 de los estatutos de esa corporación”.

Además, expuso que Afrowilches no cuenta con todas las calidades y requisitos para ser parte del Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Santander y, por ello, no había lugar a realizarse una convocatoria o invitación pública para participar en el proceso de elección del director de la entidad.

“En consecuencia, la Sala encuentra configurada la infracción normativa invocada por el demandante, por lo que declarará la nulidad del acto de elección del señor Raúl Durán Parra como director general de la Corporación Autónoma Regional de Santander para el período 2024-2027. Esto, en la medida en que se debió adelantar el trámite de elección del representante principal y suplente de las comunidades negras ante el consejo directivo, previamente a la designación del director general, como sí se hizo respecto de las comunidades étnicas e indígenas tradicionalmente asentadas en el territorio”, dice el fallo.

Nuevo proceso

Sin embargo, el Consejo de Estado decidió fallar anulando el Acuerdo 086 del 15 de febrero de 2023 mediante el cual fue designado Durán Parra como director de la entidad ambiental por los próximos cuatro años, razón por la cual el Consejo Directivo de la CAS deberá ordenar una nueva convocatoria en los próximos días para realizar un nuevo proceso de elección.

“El 15 de febrero del 2024 se eligió por la junta directiva de la CAS al director, una elección que hasta ese momento estaba retrasada más de 4 meses por argucias jurídicas y politiqueras. La transparencia en la elección fue reconocida por la gran mayoría de expertos en el tema. Hoy el Consejo de Estado tumba la elección porque no votaron las negritudes (quienes no hacían parte de la junta directiva), imposible que votaran. Ahora es nuestro deber cumplir el fallo, proceder a llevar a cabo un proceso para incluir un representante de las negritudes y volver a elegir. Me preocupa algo ¿aplica lo mismo para la CDMB donde no hay representantes de las negritudes ni de los indígenas?”

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