Nueva normativa para cargue y descargue de camiones en Bucaramanga

Nueva normativa para cargue y descargue de camiones en Bucaramanga

Resumen

La Dirección de Tránsito de Bucaramanga (DTB) implementó nuevas regulaciones para los vehículos de carga, restringiendo sus horarios y zonas de circulación para mejorar la movilidad en la ciudad.

Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
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by Danilo Pérez

La Dirección de Tránsito de Bucaramanga (DTB), con la intención de mejorar la movilidad en la ciudad, hizo pública la normativa vigente acerca de los permisos de circulación y las maniobras que pueden realizar los vehículos de carga en las vías de la capital santandereana.

El hecho de que cualquier vehículo particular o incluso motocicleta, utilice alguna zona prohibida para estacionar, genera afectaciones a la movilidad, causando malestar en los demás actores viales.

Ahora, si se trata de vehículos de carga o camiones, la afectación es mayor, debido a su tamaño, por ese motivo se hizo necesario realizar un control estricto sobre los permisos, horarios y zonas de circulación para este tipo de vehículos.

“En el marco del Plan Centro de Bucaramanga actualmente rige una reglamentación para el tránsito y maniobras de cargue y descargue de los vehículos de transporte de carga, con el objetivo de lograr un tránsito más ordenado y seguro en la ciudad bonita”, expresó la DTB mediante una publicación en sus redes sociales.

Medidas y restricciones

La DTB publicó, mediante artículos, algunas de las especificaciones de las restricciones para la circulación, el cargue y el descargue de los vehículos de carga en la ciudad.

“Prohibir el tránsito, cargue y/o descargue de vehículos automotores de servicio público o particular con capacidad mayor o igual a 5 toneladas”, dice la DTB, esto rige de lunes a sábado en los horarios pico: de 6:00 a.m. a 8:00 a.m., de 11:00 a.m. a 2:00 p.m. y de 5:00 p.m. a 8:00 p.m.
“Prohibir el cargue y/o descargue de vehículos automotores de servicio público o particular, con capacidad inferior a 5 toneladas”.

“Las maniobras de cargue y/o descargue, de ninguna manera se podrán realizar en las vías arterias, principales, secundarias y terciarias con alto flujo vehicular, con el fin de evitar la afectación a la movilidad por esos corredores viales. Sólo se podrán ejecutar en las vías terciarias con bajo flujo vehicular y en la red local aledaña al centro de acopio, abastecimiento o comercio mayorista y/o minorista”.

“Las maniobras de cargue y/o descargue solo podrán realizarse en vehículos automotores de servicio público o particular con capacidad de carga hasta de 5 toneladas, de lunes a sábado, en los siguientes sectores: Cabecera: Carrera 33 a Carrera 36 entre Calle 41 y Calle 56. Centro: Carrera 13 a Carrera 22 entre Av. Q. Seca y Calle 45”.

“Prohibir el tránsito de vehículos de carga cuya capacidad supere las 2,5 toneladas por el corredor vial Autopista Bucaramanga-Floridablanca, entre la Puerta del Sol y la Calle 105 Puente de Provenza, en sentidos Norte-Sur y Sur-Norte”.

Vehículos para los que aplica

La entidad encargada de regular el tránsito y el transporte en Bucaramanga, entregó detalles acerca de cuáles son los vehículos que están catalogados como de carga, y por ende, deben acogerse a estas normativas.

“Todo vehículo destinado para el transporte de mercancías, cuya capacidad puede ser variada desde los 2,5 a 35 toneladas”, indica la entidad adscrita a la administración municipal.

Por otro lado, según la Resolución 5443 de 2009 del Ministerio de Transporte, estos son los vehículos que pueden ser catalogados como de carga: Camioneta, tractocamión, volqueta.

Según tipo de carrocería las siguientes categorías: Estacas, furgón, estibas, panel, tanque, grúa, planchón-plataforma, recolector compactador, portacontenedor, bomba de concreto, casa rodante, tolva, niñera, bomberos, barredora, mixer (mezcladora), vactor (limpieza de alcantarillas), taladro, cañero, platón.

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por Danilo Pérez
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