Resumen
Un juez ordenó al alcalde de San Gil conservar el centro histórico, priorizando la peatonalización de calles. La decisión busca proteger el patrimonio cultural de la zona ante el impacto del tráfico vehicular y mejorar el entorno urbano para los peatones.
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)Un juez del Distrito Judicial de San Gil le ordenó al mandatario local de la Perla del Fonce, Édgar Orlando Pinzón Rojas, proteger los derechos colectivos de su comunidad al goce de un ambiente sano, al goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso público; así como amarrarse el cinturón para ejercer, con actos administrativos y ejecución presupuestal, la correcta defensa del patrimonio público y cultural de la Nación, representado en la riqueza urbanística del centro histórico de la localidad.
Por Camilo Ernesto Silvera Rueda - Redacción Política / EL FRENTE
Se trata en todo caso de un fallo judicial sin precedentes en Santander y muy paradójico pues le ordena a un municipio colombiano con vocación histórica de conservación arquitectónica que, precisamente, se ponga las pilas en el cumplimiento de la conservación del patrimonio cultural de la nación.
El fallo lo emitió esta semana el Juzgado tercero Administrativo Oral del Circuito Judicial de San Gil, en su aparte resolutorio declarar que la administración municipal del municipio de San Gil vulneró el derecho e interés colectivo a la defensa del patrimonio cultural de la Nación, por lo que se le ordena al mandatario local que proceda a realizar todas las actuaciones administrativas, presupuestales, contables, financieras y contractuales, tendientes a lograr el cumplimiento de lo establecido en el Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) del centro histórico de San Gil, adoptado mediante la Resolución No. 2970 del 13 de octubre de 2015, respecto de la intervención de las vías ubicadas en la calle 12 entre carreras 9 y 10 y la calle 13 entre carreras 8 y 9.
Además, le impone como plazo para cumplir con la mencionada orden un término no superior a los 2 años, contados a partir del día siguiente a la ejecutoria de esta sentencia, y que dentro de los 3 meses siguientes a la ejecutoria de esta sentencia, elabore un cronograma de trabajo que contenga las medidas que sean pertinentes para dar cumplimiento al Plan Especial de Manejo y Protección del centro histórico de San Gil.

Conservación sí o sí
El fallo al que hacemos referencia, emitido en primera instancia y el cual deberá ir al Consejo de Estado en el caso en el actual mandatario local del municipio de San Gil considere que la decisión no está ajustada a derecho, surge como consecuencia de una demanda interpuesta por un santandereano que ha hecho una carrera meritoria dentro del ejercicio de la veeduría ciudadana al poder público regional.
Hablamos de Marco Antonio Velásquez, quien interpuso ante el juez administrativo de primera instancia una demanda en la que relacionó que, eficientemente, el Plan Especial de Manejo y Protección del Centro Histórico de San Gil limitó el centro de la ciudad, brindándole una protección histórica y cultural.
Sin embargo, en el desarrollo del mentado plan no su tuvo en cuenta un aspecto crucial. Se trataba del componente vial y corredores ambientales, para el cual se habría ordenado previamente una perentoria disposición para la modificación de vías, medida con la cual se pretendía evitar el deterioro de los inmuebles que por su debido a su fragilidad y antigüedad requieren ser preservados adoptando todas las medidas necesarias.
“El centro de la ciudad recibe gran cantidad de vehículos, tanto particular como de carga pesada, debido a que allí converge casi todo el comercio lo que hace que estas vibraciones afecten a estos inmuebles que tienen más de 100 años. Por esta razón, el PEMP estableció una red de corredores ambientales (paseos urbanos), que sirven para mitigar el impacto de la densidad del centro urbano y que a la vez genere condiciones climáticas para el tránsito de peatones. Esta red se articula con el sistema de equipamientos del municipio”, explicó el veedor Marco Antonio Velásquez, citando el Plan Especial de Manejo y Protección del Centro Histórico de San Gil.
Más vías peatonales, menos carreteras
Sin embargo, pese a que el documento de compromiso público adquirido por la Alcaldía para la conservación del patrimonio arquitectónico lleva más de 10 años de haberse aprobado y sancionado, a la fecha aun hay espacios que adolecen de las modificaciones necesarias para la conservación de los inmuebles que poseen cualidades especiales.
“Por ejemplo, Uno de los paseos urbanos se ubica en la calle 13 entre carreras 8 y 9, el cual se encuentra actualmente con zonas que son utilizadas de parqueaderos públicos. El otro paseo urbano proyectado en el PEMP, se ubica en la calle 12 entre carreras 9 y 10, del cual falta su peatonalización y que se nivele la vía a la altura del andén con piedra Barichara, buscando el disfrute de los peatones y no de los funcionarios públicos”, reclamó el veedor ciudadano, dejando ver que parte de la lentitud en la aplicación de la norma ha radicado en que los mismos funcionarios públicos quieren evitarse molestias pues prefieren transitar en sus camionetas por el sector que cederlo por completo al espacio peatonal.
“Implementando los paseos urbanos se dará prelación al peatón y el tránsito vehicular será mínimo, lo que deberá conseguirse conjuntamente con las soluciones del tránsito que se deberán implementar y en las cuales se restringen los flujos vehiculares de transporte privado y público al interior del ámbito señalado para su preservación.
Uno de los documentos que soportó la demanda de Velásquez fue el Plan Maestro de movilidad de San Gil 2015 – 2025, en el cual se proponen tres tipos de intervenciones: zonas compartidas, ensanchamiento de aceras y peatonalización total de la vía; sin embargo, todas implican construcción nueva o mejoramiento del espacio público existente, aumentando el valor de metros por habitante.
“Pese a que las herramientas jurídicas están a la disposición de la Alcaldía de San Gil, no se han ordenado las apropiaciones presupuestales, razón por la cual no solo se incumple con el plan de conservación, con el plan de desarrollo vial, sino que también se está incumpliendo con el Plan de Ordenamiento Territorial de San Gil vigente para el decenio 2015-2025, y que entre otras cosas promete para esta vigencia en el Concejo Municipal de San Gil la tramitación de un nuevo documento, esta vez con medidas que contemplen mayor rigurosidad en la conservación del patrimonio urbano de la Perla del Fonce.