Paz por decreto

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Resumen

El decreto propone entregar municipios al Clan del Golfo sin justificación legal ni proceso de paz real, vulnerando la Constitución e ignorando límites jurídicos claros.

Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
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by Juanita Tovar
Paz por decreto

Por: Juanita Tovar Sandino

La peligrosa entrega de tres municipios al Clan del Golfo. El decreto que crea Zonas de Ubicación Temporal para el Clan del Golfo no es un error técnico ni un simple exceso administrativo: es una claudicación institucional. Por primera vez, bajo el ropaje de una supuesta política de paz, el Estado colombiano pretende entregar tres municipios a una estructura criminal sin carácter político, sin ley habilitante y sin un proceso real que lo justifique. No estamos ante una apuesta audaz por la paz, sino ante un atajo peligroso que debilita la Constitución y normaliza el control territorial impuesto con sangre y terror.

La diferencia jurídica es elemental y, aun así, el Gobierno decidió ignorarla. Las Zonas de Ubicación Temporal fueron concebidas para procesos de negociación política en etapas avanzadas, no para bandas criminales dedicadas al narcotráfico. Con estas estructuras solo cabe el sometimiento a la justicia, y ese sometimiento exige una ley expedida por el Congreso que fije reglas claras, límites, duración y controles. Esa ley no existe. Y cuando no existe la ley, el Ejecutivo no puede inventarla por decreto.

La propia resolución es reveladora: habla de sometimiento a la justicia, no de negociación política. Eso ubica al Clan del Golfo exactamente donde el derecho siempre lo ha ubicado: como un grupo criminal sin legitimidad política. En ese escenario, el Presidente no tiene competencia para crear zonas especiales, suspender capturas, afectar extradiciones ni redefinir el control territorial. Pretender lo contrario no es una interpretación audaz de la Constitución, es su abierta vulneración.

Incluso si alguien quisiera forzar la narrativa —jurídicamente insostenible— de que se trata de un grupo político, tampoco existiría un proceso de paz en etapa avanzada que habilite esas zonas. No hay entrega de armas, no hay liberación de secuestrados, no hay aportes verificables de verdad ni garantías reales para las víctimas. Solo hay actos administrativos que prometen paz futura mientras conceden poder presente a una organización armada.

La Corte Constitucional ya había trazado una línea roja clara: sin ley de sometimiento y sin avances reales, no hay Zonas de Ubicación Temporal. El Gobierno conocía ese fallo, lo citó, pero omitió deliberadamente su condicionamiento esencial. Eso no es una omisión inocente: es desconocer la cosa juzgada constitucional y gobernar como si los límites jurídicos fueran optativos cuando estorban a la agenda política.

Este proceso, además, se ha construido excluyendo a quienes deberían ser protagonistas: las víctimas, el Congreso, el Ministerio Público, la Procuraduría y la Defensoría del Pueblo. Se eliminaron los contrapesos, se cerró la deliberación pública y se avanzó en silencio. No es casual. Cuando una decisión no resiste la luz del debate democrático, se toma a puerta cerrada. Y cuando el Estado actúa sin controles, pierde legitimidad incluso frente a los procesos de paz que dice defender.

 

Esta no es una columna contra la paz. Es una columna contra la rendición del Estado. La paz se construye respetando la Constitución, no debilitándola. Si el Consejo de Estado avala este precedente, mañana cualquier gobierno podrá suspender capturas, redefinir territorios y conceder poder criminal por simple resolución. Eso no es paz total. Eso es institucionalizar la derrota del Estado de Derecho.

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