Procuraduría rechazó decreto que nombró a Verónica Alcocer en misión diplomática a Roma
La Procuraduría General de la Nación respaldó la petición para anular el decreto que designó a la primera dama, Verónica Alcocer, como Embajadora en Misión Especial en Roma, considerando que infringe ciertas normas de procedimiento administrativo.
La Procuraduría General de la Nación respaldó la petición para anular el decreto que designó a la primera dama, Verónica Alcocer, como Embajadora en Misión Especial en Roma, considerando que infringe ciertas normas de procedimiento administrativo.
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La Procuraduría General de4 la Nación respaldó la petición para que se declare la nulidad del decreto que comisionó a la primera dama Verónica Alcocer como Embajadora en Misión Especial, entre el 13 y 14 de enero de 2023, a la ciudad de Roma (Italia), con el fin de asistir a la Audiencia otorgada por su Santidad el Papa Francisco. En un concepto entregado al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el Ministerio Público consideró que se debe dar la nulidad del decreto presidencial al considerar que ese acto administrativo fue “expedido con infracción de las normas en que debería fundarse y, en consecuencia, reunir los presupuestos de los artículos 137 y 275 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo contencioso administrativo”. La Procuraduría se pronunció sobre una demanda de nulidad presentada por el ciudadano Harold Eduardo Sua Montaña y que hoy está en el despacho del magistrado Luis Manuel Lasso Lozano. El demandante señala que quien hizo la designación (el presidente Gustavo Petro) es un servidor público que está “ligado por matrimonio o unión permanente con la allí designada de acuerdo a la información suministrada por la Cancillería” y que eso va en contravía del artículo 126 de la Constitución. “Los servidores públicos no podrán, en ejercicio de sus funciones, nombrar, postular, ni contratar con personas con las cuales tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil, o con quien estén ligados por matrimonio o unión permanente”, dice la norma.