Resumen
El CNE de Colombia investiga a la campaña de Gustavo Petro por presunta financiación ilegal y exceso de gastos. Aunque la entidad no tiene jurisdicción sobre el presidente, puede investigar la campaña que lo eligió. Las conclusiones podrían ser usadas para un juicio político.
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)Por: Fundación Participar*
Gran controversia ha causado en el país el anuncio del Consejo Nacional Electoral de que dos de sus magistrados resolvieron presentar a la sala plena del Consejo un pliego de cargos a la campaña del presidente Gustavo Petro porque presuntamente recibieron dineros de fuentes prohibidas y también violaron los topes de ingresos y gastos.
Voceros del Gobierno han salido a reclamar que el CNE no puede investigar al Presidente porque el único organismo competente para hacerlo es la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes.
El tema es controvertido porque hay múltiples argumentaciones e interpretaciones, e igual que quien escribe esta columna, la mayoría de las personas se confunden ante tanta desinformación. La entrevista que hizo el periodista Ricardo Galán al jurista experto en derecho electoral Alfonso Portela y que publicó en su podcast, arroja muchas luces. De allí se destacan los siguientes aspectos:
1. Los magistrados ponentes del CNE están proponiendo la apertura formal de investigación a la campaña y una formulación de pliego de cargos. La Sala Plena puede acoger la ponencia, negarla o modificarla. Para aprobarla requieren seis de los nueve votos posibles.
2. Tienen razón los voceros del Gobierno en que el CNE no es competente para investigar o sancionar al Presidente de la República, pues desde el momento que éste es elegido adquiere un fuero integral y debe ser juzgado por la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes. Hay que separar al presidente de la campaña, al momento de juzgar los hechos.
3. El CNE no está investigando al Presidente Gustavo Petro. Está investigando a la campaña que lo eligió Presidente. Sus directivos son responsables y tienen roles: el Gerente es responsable de la consecución de recursos; el Tesorero administra los recursos; el Auditor vigila que el comportamiento financiero se ajuste a las normas legales. Se trata de un proceso sancionatorio donde juegan el dolo y la culpa.
4. No tienen razón quienes defienden que no se violaron los topes de gastos porque una parte se hizo antes de los tres meses que contempla la Ley y que además algunas donaciones como las de Fecode y la USO se hicieron al partido Colombia Humana y no a la campaña. Resulta evidente que hubo triangulación de los dineros y además se configura una doble falta pues estaban violando dos prohibiciones: realizar actos de campaña antes de la fecha permitida y recibir donaciones de personas jurídicas pues los partidos lo son.
Por supuesto que la Comisión de Acusaciones de la Cámara puede acoger los resultados de la investigación del CNE para iniciar un juicio político al presidente, algo que no ha sucedido antes con ningún presidente.
Lo que queda claro es que el CNE está actuando dentro de sus competencias y de acuerdo a la Constitución y la ley. Hace mal el presidente Petro cuando califica la ponencia de “arbitraria”, “golpe blanco”, “ruptura institucional” y vuelve a incitar al pueblo no acatar ni respetar las instituciones.
*Martha Elena Pinto de De Hart. E-mail: fundparticipar@yahoo.es