Resumen
El Consejo de Seguridad de la ONU ha emitido una resolución obligatoria, exigiendo un alto el fuego inmediato en Gaza, que debe ser cumplida. Estados Unidos, que previamente había impedido esta acción con su veto, se abstuvo en la votación.
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)Ante la reciente decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la necesidad de un alto el fuego en Gaza, vale la pena recordar el significado de ese organismo y el valor jurídico de sus determinaciones, que no son apenas insinuaciones o peticiones sino actos de carácter vinculante.
La ONU fue fundada con propósitos definidos, tras la barbarie de la Segunda Guerra Mundial. Se buscó, ante todo, consolidar, resguardar y mantener la paz y la seguridad, propender a la solución pacífica de los conflictos, velar por el respeto a la dignidad de la persona humana y sus derechos esenciales y poner freno, desde la comunidad internacional, a la opresión y a los abusos y arbitrariedades de las tiranías. Si esa organización no logra esos objetivos, fracasa, y por ello, se requiere otorgar firmeza y efectividad a sus decisiones.
Aprobada en 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en 1949 -con la específica finalidad de limitar al máximo la crueldad de guerras inevitables, estableciendo reglas orientadas a la protección de quienes no participan en las hostilidades (población civil, personal de salud, organizaciones humanitarias, periodismo), así como a los niños y a las personas más débiles, a los heridos, enfermos y prisioneros, fueron celebrados los cuatro convenios de Ginebra. Ellos, sus protocolos y sus adiciones sentaron las bases del Derecho Internacional Humanitario (D.I.H.).
El Consejo de Seguridad, integrado por quince representantes de los Estados Miembros, tiene por objetivo la preservación de la paz a nivel internacional. Sus decisiones son obligatorias, y es competente para imponer sanciones, si se las incumple.
A propósito de lo que ha venido sucediendo en Gaza, desde el 7 de octubre de 2023, ha debido pronunciarse el Consejo de Seguridad desde hace mucho tiempo. No lo había podido hacer, aunque la mayoría de sus integrantes así lo querían, porque lo impedía el incomprensible uso del derecho de veto por parte de Estados Unidos. Nada se había podido lograr, pese a los muchos crímenes de lesa humanidad y de guerra cometidos, de los ataques indiscriminados a la población civil, de las muertes de miles de personas inocentes -entre ellas muchos niños- víctimas de los bombardeos, el hambre y el abandono.
Ese reiterado veto norteamericano había hecho imposible que el Consejo de Seguridad expidiera una resolución vinculante y efectiva para que cese el fuego, sean liberados los prisioneros y rehenes de uno y otro lado, se ponga fin al verdadero genocidio que allí tiene lugar.
Este 25 de marzo, afortunadamente, Estados Unidos no vetó una resolución de cese el fuego (votó en blanco), propuesta e impulsada por Argelia y aprobada por catorce votos a favor y cero en contra.
Aunque Benjamín Netanyahu ha mostrado su disgusto con Estados Unidos, ya hay una resolución vinculante, proferida por el órgano competente de Naciones Unidas exigiendo un alto el fuego inmediato entre Israel y los militantes palestinos de Hamás, el cese de los crímenes de guerra y lesa humanidad, la liberación inmediata e incondicional de todos los rehenes, la protección de los civiles y el levantamiento inmediato de todas las barreras a la prestación de ayuda humanitaria. Debe ser cumplida.