Regulación y normas para vallas publicitarias en Bucaramanga
Resumen
La Alcaldía de Bucaramanga prohíbe vallas publicitarias no autorizadas y aplica sanciones para proteger el paisaje visual. La regulación está basada en el POT, Ley 140 y el acuerdo 026. Las multas van de uno y medio a cuarenta salarios mínimos.
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)Con motivo de la aparición de publicidad de posibles candidatos a reemplazar e Jaime Andrés Beltrán, en la Alcaldía de Bucaramanga, la Administración municipal advirtió que la instalación de vallas publicitarias sin autorización está prohibida y conlleva sanciones administrativas.
La Secretaría del Interior, mediante la Oficina de Asuntos Públicos, vigila la publicidad exterior para garantizar el orden urbano y proteger el paisaje visual de la ciudad. La medida busca reducir el desorden y la contaminación visual que afectan la calidad urbana.
Quienes deseen colocar una valla deben presentar una solicitud ante la Oficina de Asuntos Públicos, para evaluar su viabilidad según el Plan de Ordenamiento Territorial (P.O.T.).
Carlos Javier Guerrero, encargado de la oficina, indicó que la ubicación se rige por el P.O.T., la Ley 140 y el acuerdo 026 de 2018, por lo que no se puede instalar anuncios en cualquier punto del municipio.
La normativa contempla multas que oscilan entre un salario y medio y cuarenta salarios mínimos legales vigentes. Las sanciones se imponen mediante procesos administrativos que pueden responsabilizar al instalador, al propietario o al anunciante.
La Oficina de Asuntos Públicos atiende en el tercer piso de la fase 1 del palacio municipal. También es posible tramitar permisos en la página oficial: www.bucaramanga.gov.co
La administración insistió en regularizar la publicidad y respetar las normas para evitar sanciones.
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