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Representante Santandereano propone que Petro se haga cargo del transporte escolar en el país rural

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Corte Constitucional profirió sentencia al respecto con un caso en Santander
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Resumen

El Representante Óscar Villamizar radicó un Proyecto de Ley para garantizar el transporte escolar rural en Colombia, financiado por el Estado y una sobretasa al sistema financiero, para reducir la brecha educativa entre ciudades y el campo, dado que la deserción escolar rural es del 10.9%.

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“El Gobierno debe meterse la mano a los bolsillos por nuestros niños, niñas y adolescentes", dijo el Representante a la Cámara por Santander Óscar Villamizar durante la radicación del Proyecto de Ley de Transporte Escolar Rural en la mañana de este jueves.

Representante a la Cámara por Santander Óscar Villamizar Meneses, radicó junto a la bancada del Centro Democrático un Proyecto de Ley para garantizar el Transporte escolar para los niños, niñas y adolescentes de las zonas rurales de Colombia, y así garantizar el cierre de la brecha educativa que hoy existe entre las ciudades y el campo del país.

“Lo que está ocurriendo con el transporte escolar en las zonas rurales es infame. Los alcaldes de los municipios más pobres, que no tienen recursos suficientes para hacer vías, les toca sacar 1 .000 millones o más de sus presupuestos, para garantizar el transporte de los niños que viven a dos horas o más de los colegios. Sin contar, que deben cumplir unas exigencias pensadas para las ciudades y no para la ruralidad”, aseguró el congresista.

Las brechas más delicadas que existen hoy es la educación, mientras que en las ciudades la deserción es del 2,5% en las zonas rurales llega al 10.9% y el transporte escolar es la tercera queja más recurrente de las instituciones educativas, por encima incluso de la falta de acceso a los implementos educativos.

De acuerdo con el análisis previo efectuado por el representante Villamizar hay departamentos como Guainía, Chocó o Bolívar, en los que hasta el 80% de los niños se desplazan a pie hasta el colegio, caminando por más de dos horas.

Algunos, sin rutas, no pueden asistir, pues los padres no pueden pagar las motos o el servicio de transporte.

De esta manera, el proyecto de ley pretende crear un fondo de transporte escolar rural en cabeza del Ministerio de Transporte que se deberá fondear a través del Presupuesto General de la Nación y lo que se recaude de una sobretasa al sistema financiero, cuyos recursos se girarán de forma directa a los municipios de 4, 5 y 6 categorías para garantizar el servicio de transporte durante el año escolar. Adicionalmente, flexibiliza las condiciones de prestación para que sea realizable en las zonas rurales del país.

La Corte se había pronunciado

Sobre este aspecto, la Corte Constitucional ya se había pronunciado con anterioridad, luego de que la Sala Sexta de Revisión decidiera proteger el derecho fundamental a la educación de varios menores de edad que habitan veredas alejadas del casco urbano de los municipios de Hato (Santander) y Pitalito (Huila).

Se trata de dos tutelas presentadas en lugares distintos del país pero estudiadas en conjunto porque, en ambos casos, los padres solicitaban que sus hijos accedieran a programas de educación especiales para adultos, en jornada sabatina. Las instituciones educativas se negaron a inscribirlos, dado que no cumplían con el requisito de ser mayores de edad.

En uno de los casos, la Corte amparó los derechos de una niña de 13 años de edad y de sus hermanos de 17 y 15 años, quienes debían recorrer en la madrugada y por más de dos horas zonas boscosas, solitarias y con presencia de animales peligrosos, para llegar al punto donde podían tomar la ruta escolar.

La Sala destacó que el acceso de los niños a la educación especial para adultos debe ser excepcional. Así, en la medida de lo posible, se debe asegurar que los menores de edad estudien en el modelo de educación convencional (el cual se basa en sus necesidades académicas) y con personas de su misma edad.

También, de este modo se previene el trabajo infantil. Por esta razón, ordenó a la Secretaría de Educación de Santander que garantice un servicio de transporte apto, desde su casa hasta la parada de la ruta municipal escolar, para que los menores de edad puedan asistir a un colegio que siga el método tradicional de educación, diseñado para niños, niñas y adolescentes.

Además, las autoridades departamentales y municipales deben diseñar las políticas públicas para ampliar la educación básica y media en el área rural del municipio de Hato (Santander) y realizar un censo de los menores de edad desescolarizados.

En el segundo caso, la Corte estimó que la Secretaría de Educación de Pitalito debe concertar con la madre del estudiante, para encontrar la mejor alternativa respecto de su situación, pues el niño ya había sido admitido en la educación para adultos debido a sus condiciones de salud.

En todo caso, determinó que se debía garantizar el transporte escolar. Finalmente, la Corte sostuvo que la accesibilidad es un componente esencial del derecho a la educación, el cual implica que el Estado asegure que todos los niños, niñas y adolescentes reciban educación básica y media, incluso aquellos que viven en zonas geográficamente apartadas.

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