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San Gil restringe circulación de motos en la noche

San Gil prohíbe el uso de motocicletas durante la noche para reducir accidentes. La restricción es de 11 p.m. a 4:30 a.m. durante seis meses y podría extenderse si los resultados son positivos. Multas aplican a infractores; personal médico y seguridad están exentos.

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San Gil restringe circulación de motos en la noche
Resumen con IA

San Gil prohíbe el uso de motocicletas durante la noche para reducir accidentes. La restricción es de 11 p.m. a 4:30 a.m. durante seis meses y podría extenderse si los resultados son positivos. Multas aplican a infractores; personal médico y seguridad están exentos.

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Ante el aumento de accidentes de tránsito que ha dejado dos personas fallecidas en lo que va del año, la Alcaldía de San Gil ha decidido tomar medidas temporales para prevenir más siniestros y proteger la vida de los ciudadanos. A través del Decreto 100-12-011 de 2025, se restringe la circulación de motocicletas entre las 11:00 p.m. y las 4:30 a.m. todos los días de la semana.

El secretario de Tránsito informó que la primera noche de implementación se realizó una prueba piloto en la que fueron inmovilizadas 10 motocicletas por falta de documentos en regla, como el SOAT y la licencia de conducción. Este operativo fue llevado a cabo en conjunto con la Secretaría de Gobierno, la Policía y el Ejército, en puntos críticos donde suelen ocurrir accidentes y se reporta ruido excesivo.

La Secretaría de Tránsito dispondrá de un equipo conformado por reguladores, alféreces, y el acompañamiento de las fuerzas de seguridad para los controles. Además, se cuenta con equipos como alcoholímetros y cámaras de detección, y se prevé la adquisición de una grúa y más motocicletas.

El decreto estará vigente inicialmente por seis meses y su continuidad dependerá de una evaluación de resultados en el próximo consejo de seguridad. Si se evidencia una disminución significativa en los accidentes, riñas y conductores en estado de embriaguez, la medida podría levantarse. En caso contrario, las restricciones se mantendrán.

Los motociclistas que incumplan con las disposiciones serán multados con el equivalente a quince salarios mínimos diarios. Excepciones serán aplicadas para personal médico, fuerzas de seguridad y trabajadores de vigilancia, siempre que estén debidamente identificados. Además, los establecimientos que operen en horarios nocturnos deberán registrar a sus empleados con la Secretaría de Tránsito para que puedan circular durante el periodo restringido.