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Se suspende sanción millonaria a clubes colombianos

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Se suspende sanción millonaria a clubes colombianos
Resumen con IA

Decisión de Corte Constitucional. La Corte Constitucional suspendió por el momento, la sanción de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) que había impuesto una multa a cinco equipos profesionales junto con la División Mayor del Fútbol Colombiano -Dimayor-, debido a la consolidación de un sistema en el cual se limitó la libre competencia financiera. Según la Superintendencia, la sanción

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Decisión de Corte Constitucional. La Corte Constitucional suspendió por el momento, la sanción de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) que había impuesto una multa a cinco equipos profesionales junto con la División Mayor del Fútbol Colombiano -Dimayor-, debido a la consolidación de un sistema en el cual se limitó la libre competencia financiera.

Según la Superintendencia, la sanción económica de ocho mil millones de pesos a Deportivo Boyacá Chicó Fútbol Club S.A., Unión Magdalena S.A., Asociación Deportivo Pasto, Envigado Fútbol Club S.A. y Club Deportivo Atlético Fútbol Club S.A., logró desincentivar la movilidad de deportistas entre instituciones.

En la misma línea, el ente rector (Dimayor) también tuvo participación y por ello la SIC consideró que respaldó dicha conducta que no beneficia el espíritu de competencia.

La sanción y suspensión

La sanción se produjo por aspectos que se investigaron y que concluyeron con la sanción económica como: Intercambio de información sobre la situación laboral y disciplinario de los jugadores o aquellos que habían salido de las instituciones previamente anunciadas.

Junto a lo que se llamó “Pacto de Caballeros” en donde no existieran incentivos para la contratación de futbolistas y en donde dicho “acuerdo” tenía como objetivo un principio de solidaridad en el gremio.

Ahora, La Corte Constitucional dejó sin efecto la sanción superior a los 8.000 millones de pesos que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) había impuesto, determinación que no significa que los investigados sean inocentes, sino que el proceso deberá repetirse parcialmente por un problema en el trámite.

En resumen, la Corte encontró que a la Dimayor no le dejaron presentar una prueba técnica que consideraba importante para su defensa. Esa prueba era análisis especializado que podía ayudar a explicar lo ocurrido en la investigación por presuntas prácticas que limitaron el libre traspaso de jugadores.