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Solamente una nulidad del proceso salvaría al alcalde de Bucaramanga de su salida del cargo
Defensa alega que una prueba habría llegado de manera irregular al expediente

Solamente una nulidad del proceso salvaría al alcalde de Bucaramanga de su salida del cargo

Resumen

La defensa del alcalde Jaime Andrés Beltrán busca anular el proceso electoral en su contra por una prueba presentada presuntamente de manera irregular por un magistrado, argumentando que no fue solicitada por las partes. Este recurso podría extender su tiempo en el cargo.

Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
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by Camilo Silvera

  

La defensa del Alcalde Jaime Andrés Beltrán interpuso el que sería uno de los últimos cartuchos que le quedan para intentar permanecer en el cargo, en el marco del proceso de nulidad electoral que se sigue en contra el mandatario de Bucaramanga, proceso que se encuentra a solo pocos días de conocer su etapa final, eso si otro recurso no se le atraviesa a la actuación de los consejeros de la Sección Quinta del alto tribunal.

 

 

Por Camilo Ernesto Silvera Rueda - Redacción Política / EL FRENTE

En este caso el recurso fue interpuesto por el abogado Carlos Arturo Duarte Martínez, quien actúa como defensor coadyudante en favor del alcalde de Bucaramanga, Jaime Andrés Beltrán, y quien recientemente presentó un nuevo recurso ante los magistrados del máximo tribunal de lo contencioso administrativo, con el objetivo de establecer si alguno de los demandantes solicitó ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) o la Registraduría General del Estado Civil la prueba que hoy actúa como reina dentro del proceso de nulidad electoral contra el mandatario bumangués.

Hablamos de una prueba que aparentemente habría ingresado al proceso no por solicitud de las partes (demandantes o defensores) sino por una presunta actuación directa de uno de los magistrados del Consejo de Estado, quien habría requerido a la Registraduría por medio de un derecho de petición que allegara al proceso de nulidad electoral contra Beltrán Martínez la lista de concejales inscritos perteneciente al Partido Colombia Justa y Libres, documento que a pesar de su importancia no había formado parte del expediente a lo largo del año y medio que ya completa el litigio, sino hasta hace pocos días, supuestamente, insistimos, por medio de una solicitud que hiciera uno de los magistrados.

Recalcar en este aspecto es crucial, pues de acuerdo con los entendidos en derecho contencioso administrativo, los magistrados del Consejo de Estado obran bajo el concepto de justicia rogada que no es otra cosa que la actuación con base a la solicitud de las partes, sin que los propios magistrados tengan la posibilidad de ordenar pruebas, como presuntamente habría ocurrido en este caso, con lo cual el proceso habría quedado viciado.

Por lo menos, esa es la estrategia a la que ahora le apunta el equipo jurídico de la defensa de Jaime Andrés Beltrán, todo con el objetivo de echar por tierra el proceso de nulidad electoral en su contra pretendiendo declararlo nulo total o parcialmente, con lo cual la defensa de Beltrán Martínez se anotaría hit pues lograría un objetivo que hasta ahora se ha logrado con esfuerzos titánicos: mantener a Jaime Andrés Beltrán al frente de la Alcaldía de Bucaramanga, así sea por unos meses más.

“Es pacífica la jurisprudencia que enseña que los intervinientes (demandantes o demandados) tienen iniciativa para peticionar pruebas, siempre que lo hagan en las oportunidades procesalmente dispuestas para ello. Las limitaciones no se detienen a estos aspectos, pues se extienden igualmente al campo probatorio, en el que, si bien los impugnadores y coadyuvantes disponen de la facultad para pedir el decreto y la práctica de los medios de convicción que estimen necesarios para robustecer los planteamientos propuestos por los extremos procesales a los que secundan, ello deberá suceder siempre en las oportunidades que determina el Ley 1437 de 2011 para las partes”, indicó el abogado mediante su reciente solicitud, infiriendo que, como ninguno de los demandantes solicitó con anterioridad la prueba, la misma no debería estar ahora en el proceso.

Además, para el abogado coadyudante Duarte Martínez no solo pudieron existir irregularidades frente al tema de la solicitud de la prueba sino también en los tiempos en los que llegó al expediente.

Al respecto, indicó: “Dentro del término de ejecutoria del auto que decrete pruebas de oficio, las partes podrán aportar o solicitar, por una sola vez, nuevas pruebas, siempre que fueren indispensables para contraprobar aquellas decretadas de oficio. Tales pruebas, según el caso, serán practicadas dentro de los diez (10) días siguientes al auto que las decrete", advirtió el jurídico quien explicó que la lista de aspirantes al Concejo de Bucaramanga por parte del Partido Colombia Justa y Libres llegó al proceso de manera accidentada entre el 8 y el 12 de mayo del presente año.

“La prueba que solicito busca demostrar que los demandantes no tuvieron interés en conocer a cuál partido le correspondió el código 14 en las elecciones territoriales celebradas en el 2023, ni antes de presentar la demanda, ni durante la primera instancia y tampoco después de proferida la Sentencia del 12 de diciembre de 2024. La prueba es necesaria para acreditar que los demandantes fueron negligentes frente a la carga de probar dentro de este proceso, en grado de certeza el elemento modal de la prohibición de la doble militancia en la modalidad de apoyo, sin el cual no es posible anular ningún acto de elección. Queda así también evidenciada la pertinencia, ya que el hecho que se quiere probar versa sobre uno de los cinco elementos de la causal de nulidad enrostrada en las demandas”, indicó el abogado en su reciente recurso, el cual deberá ser resuelto en un plazo no mayor a 10 días por parte de los magistrados del Consejo de Estado.

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