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Turismo sexual no existe, es un delito

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Por: Corporación de Turismo Santander*

“El turismo sexual o sexoturismo es una forma de turismo con el propósito de mantener relaciones sexuales, normalmente de hombres con prostitutas mujeres, pero también hay mujeres turistas sexuales y turismo sexual homosexual... Entre las causas que motivan el turismo sexual se encuentran las siguientes: Una mayor tolerancia de las autoridades hacia la prostitución, incluso regularizándola, Una baja edad de consentimiento, Mercado de pederastia, Precios más bajos, Mayor privacidad, Pornografía. Entre los destinos más comunes para el turismo sexual se encuentran Brasil, Colombia, Camboya … y Tailandia” https://es.wikipedia.org/wiki/Turismo_sexual

“Como puedes ver, la industria del turismo sexual en todo el mundo es un gran negocio. Existen diferentes grados de turismo sexual … desde los espectáculos sexuales hasta el turismo sexual infantil y el tráfico sexual. No estamos seguros de que lleguemos a conocer la verdadera magnitud de la industria del turismo sexual,pero lo que sí sabemos es que existe y está aquí para quedarse como uno de los tipos de turismo” https://cursosdeturismoonline.es/turismo/turismo-sexual/

Me atreví a dar inicio a esta columna citando textualmente dos páginas, entre ellas la famosa Wikipedia (“enciclopedia libre, políglota y editada de manera colaborativa”), llamándome la atención como se describe ella misma (Wikipedia): “enciclopedia”, lo que me llevo a la REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, donde encontré que la definición de enciclopedia es “educación general”, “educación para un círculo amplio”, en ese orden de ideas como es que en una página tan visitada, tan consultada, que “educa” se afirme tranquilamente que, “El turismo sexual o sexoturismo es una forma de turismo”, por favor, que ligereza, que desinformación a la que someten a sus lectores, aunque la excusa sea que es el resultado de una construcción colectiva, deben autoevaluarse y corregir,  tomar medidas que conlleven a educar como la  “enciclopedia” que dicen ser.

La otra citada página https://cursosdeturismoonline.es no se queda atrás al hacer referencia a la industria del turismo sexual” y mil veces peor, repudiable y reprochable al hablar de un “turismo sexual infantil”, y al reafirmar que “existe y está aquí para quedarse como uno de los tipos de turismo”, increíble la ignorancia que podría rayar en la apología de un delito o promoción del mismo.

Al oído y por escrito, les sensibilizamos a estas páginas citadas y a todos los lectores, sobre nuestros verdaderos productos turísticos, el Turismo de Naturaleza y Aventura (espeleología, senderismo, rappel, etc.), el Turismo Cultural (gastronómico, etc.), el Turismo Mice (eventos, congresos, etc.), el Turismo de Salud y Bienestar y el Turismo de Sol y Playa; De igual forma y como principal motivación de este escrito les afirmamos categóricamente que no existe en la industria turística, ninguna forma, ni tipos de turismo sexual, no! , no! y mil veces no!  y menos hablar de un “turismo sexual infantil”, por dios (o por el ser superior en que cada uno crea), esto es un delito!!!, consagrado en el Código Penal Colombiano, en sus Artículo 188-A. Trata de Personas y Artículo 219. Turismo sexual El que dirija, organice o promueva actividades turísticas que incluyan la utilización sexual de menores de edad incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años. La pena se aumentará en la mitad cuando la conducta se realizare con menor de doce (12) años; Como se puede observar en el CP y en las mismas páginas oficiales

(https://www.minjusticia.gov.co/programas-co/LegalApp/Paginas/Que-puedo-hacer-si-conozco-casos-de-turismo-sexual-con-ninos-ninas-y-adolescentes.aspx), se sigue hablando equivocadamente de “Turismo Sexual”.

Por último, “La Explotación Sexual Comercial De Niñas, Niños y Adolescentes -ESCNNA- es un delito y el turismo no debe ser una manera de facilitarlo. Los viajes, el turismo y la recreación son actividades que reconocen el valor de la sociedad y los individuos, para el pleno disfrute del tiempo libre. Los turistas y los prestadores de servicios turísticos deben ser agentes de protección y garantes de los derechos de todos las niñas, niños y adolescentes de los territorios, tienen la obligación de denunciar este delito ante las autoridades, incluso cuando una persona ofrezca, pregunte o facilite este delito directa o indirectamente”. https://www.mincit.gov.co/minturismo/analisis-sectorial-y-promocion/turismo-responsable/prevencion-escnna

*José Luis Mayorga R

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