Resumen
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)La Superintendencia de Sociedades informó que, en audiencia celebrada el 18 de marzo de 2024, se confirmó el acuerdo de reorganización en los términos de la Ley 1116 de 2006, de la constructora David Puyana S.A. (Urbanas S.A.), lo que le permite continuar el desarrollo de sus proyectos comerciales, y garantizar la generación de empleo especialmente en los Departamentos de Santander y Cundinamarca.
Es de resaltar que la sociedad inició su proceso recuperatorio el 9 de abril de 2019, con pasivos por $385.439.880.000, y en el acuerdo de reorganización se reestructuró un pasivo por $119.121.459.226, con lo que, durante el avance del proceso, atendió oportunamente los gastos de administración, y adicionalmente disminuyó parte del pasivo reorganizable, como síntoma de su recuperación financiera.
El Superintendente de Sociedades Billy Escobar Pérez, expresó que “Con optimismo vemos que los procesos concursales son de gran utilidad para el empresariado colombiano, quienes bajo el acompañamiento de la Superintendencia de Sociedades logran su recuperación económica que les permite seguir aportando al desarrollo nacional y especialmente la generación de empleo.”
Actualmente, esta empresa tiene cinco proyectos en ejecución y ventas en Bucaramanga y Floridablanca.
¿Por qué se realiza este proceso?
Básicamente, es un proceso de auxilio que establece la Supersociedades para empresas que se encuentran en insolvencia financiera. De esta manera, el Plan de Reorganización es un documento que establece que un deudor en posesión pagará a sus acreedores.
El plan divide a los acreedores en clases. Específica el tratamiento de las reclamaciones para cada clase de acreedor y proporciona los medios para la puesta en práctica del plan.
El deudor en posesión tiene el derecho exclusivo de presentar un plan hasta 120 días después de presentar la petición. Después de que este período exclusivo ha expirado, los acreedores podrán presentar un plan.