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¿Y ahora de mi pensión qué?

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Resumen

El artículo expone el impacto de la reciente reforma pensional en Colombia, que según el autor, disminuye significativamente el valor de las pensiones debido a cambios en el método de cálculo. Además, critica la falta de incremento en la edad de jubilación, mientras la expectativa de vida aumenta.

Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
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Por: Jorge Luis Quintero Gómez

El pasado domingo 16 de junio de 2024 Gadut, hincha del Atlético Bucaramanga, estaba muy contento, el día anterior su equipo, había conseguido ganar su primera estrella en el fútbol colombiano. Cuando Gadut llegó a su casa después de la celebración en el estadio por el recibimiento de su equipo, vio a su padre sentado frente a la computadora, buscando desesperadamente en Google. ¿Qué hace, papá?, preguntó Gadut, su padre suspiró y le respondió: Hijo, ya no me alcanzará la pensión que estaba construyendo para cubrir todos los gastos; tendré que conseguir otro empleo, para tener mínimo, dos trabajos más, para podernos mantener. Gadut se sorprendió al escuchar esto, sabía que la situación económica del país no era la mejor, pero no imaginaba que su padre estuviese pasando por tantas dificultades. ¿por qué no me había dicho nada, papá? No quería preocuparlo, hijo. Sé que está emocionado por el título de su equipo y no quería arruinarle la celebración.

Hijo, el pasado 14 de junio del año 2024 mientras muchos colombianos estábamos distraídos con diversos asuntos, la cámara de representantes aprobó en último debate el proyecto de ley que se convertirá en la próxima ley pensional. Gadut preguntó; ¿tan grave es papá? Si, hijo lo primero es que para que las personas que estaban cotizando para una pensión se continúen beneficiando de las leyes anteriores; esto es, la Ley 100 de 1993 y la Ley 797 del año 2003, en el caso de los hombres deben acreditar 900 semanas y las mujeres 750 semanas o más al 1 de julio del año 2025. Gadut dijo: a bueno papá, usted se beneficiará lleva más de treinta años trabajando. No, hijo todos los empleadores no me cotizaron y al 1 de julio del año 2025 solo contaré con 889 semanas. Esto significará que la pensión que iba a recibir y que estaba proyectada en $6.000.000 millones de pesos será de $2.700.000 pesos. Gadut se cogió la cara, papá los gastos son de $7.000.000 millones mensuales según el último presupuesto que revisamos; por eso hijo. Gadut preguntó ¿en qué consiste ese cambio papá? En lo siguiente, en una jugada del gobierno de turno y el congreso, aprobaron una reforma pensional que, aunque no modificó la edad y el número de semanas si cambió el método para calcular el monto de una pensión de vejez en dos sistemas; crearon unas figuras llamadas pilares: el solidario, el semi-contributivo, el contributivo y el complementario; los dos últimos son los aplicables a mi caso. Colpensiones me pagará máximo $1.700.000 pesos y una AFP del régimen complementario $1.000.000 de pesos; increíble manifestó Gadut. Si, hijo los gobiernos en Colombia en materia de pensiones no han sido responsables en el manejo de estos recursos, la corrupción ha significado la pérdida de miles de billones de pesos; aunado a las condenas de intereses, costas, pago de los ejércitos de defensores que tienen las entidades en casos que en un 95% los pierden y son condenados porque pretenden desconocer los derechos pensionales.

Hay otro punto delicado, mientras la expectativa de vida se incrementa, en Colombia se sigue manteniendo la edad para que los hombres se pensionen en 62 y las mujeres en 57 años, cuando en otros países la edad es de 65 años mínimo para hombres y mujeres. En Colombia las pensiones serán historia y terminaremos con reconocimientos económicos periódicos figura creada en el Acto legislativo 001 del año 2005 con la que justifican pagos inferiores a un salario mínimo para no reconocer pensiones equivalentes a un salario mínimo legal mensual vigente.

A prepararnos, porque la próxima reforma pensional una vez acostumbrados los colombianos a ésta de pilares, llegará la otra reforma pensional con incremento de edad; para la muestra un botón, mire la edad de hombres y mujeres para recibir beneficios económicos periódicos en el pilar semi-contributivo es de 65 y 60 años respectivamente.

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