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Consejo de Estado dejó en firme elección del Alcalde de Piedecuesta

Consejo de Estado dejó en firme elección del Alcalde de Piedecuesta

Resumen

El Consejo de Estado revocó el fallo que anulaba la elección de Óscar Santos Galvis como alcalde de Piedecuesta, concluyendo que no hubo doble militancia durante su campaña al haber apoyado candidatos de otros partidos.

Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
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by Camilo Silvera

 

Los magistrados del Consejo de Estado determinaron en la mañana de este viernes 4 de julio revocar el fallo proferido en enero pasado por el Tribunal Administrativo de Santander, mediante el cual se ordenó en primera instancia la nulidad del acto que provocó la elección de Óscar Santos Galvis como alcalde del municipio de Piedecuesta (Santander). EN su fallo definitivo, conceptuaron que no hubo doble militancia

 

Por Camilo Ernesto Silvera Rueda - Redacción Política / EL FRENTE

El proceso en contra del alcalde de Piedecuesta sostenía la tesis de que durante su etapa de campaña el entonces candidato Oscar Javier Santos Galvis había incurrido en doble militancia al apoyar a candidatos que aspiraban tanto a la Asamblea de Santander como al Concejo Municipal de esa localidad, quienes supuestamente se encontraban por fuera de su línea política.

En concreto, el demandante aportó pruebas que vincularían al mandatario piedecuestano con apoyos públicos a un total de 14 aspirantes a esas dos corporaciones públicas que no pertenecían al Partido Liberal, colectividad por medio de la cual fue avalado el acusado, quien luego del aval creo un acuerdo de coalición denominado ‘Hagamos Equipo Por Piedecuesta’, mediante la cual recibió el apoyo de los partidos del Centro Democrático y AICO.

De acuerdo con los argumentos del fallo en primera instancia, la irregularidad en la que habría incurrido Santos Galvis durante la época de campaña electoral habría consistido en que a pesar de haber creado una lista propia por el Partido Liberal para al Concejo de Piedecuesta, también brindó apoyos a aspirantes que pertenecían a otras colectividades, lo cual habría ido en contra de la ley pues a juicio de la magistrada ponente el entonces candidato a la Alcaldía de Piedecuesta estaba obligado a apoyar únicamente solo a los candidatos del partido que primeramente avaló su candidatura, es decir, los postulados bajo el estandarte del Partido Liberal.

Para sostener lo anterior, el demandante allegó una serie de videos y links de redes sociales personales del accionado, como también de los candidatos que recibieron ese apoyo, e hizo lo propio aportando una serie de capturas de pantalla en las que, según cuenta, los actos de respaldo se hicieron en público y a favor de aspirantes distintos a los avalados por la referida colectividad liberal.

Entre ellos se encuentran Yesid Duarte, por el movimiento Aico; René Arias, del movimiento ciudadano Piedecuesta Libre Unidad Solidad, Plus; Emerson Rojas y Daniel Mutis, del Grupo Significativo Piedecuesta Autónoma De Renovación, y Esperanza, Pare ; Sandra Duarte, del Centro Democrático y, John Vivas, del Nuevo Liberalismo.

Tras el análisis de las evidencias en segunda instancia, los magistrados de la Sección Quinta del Consejo de Estado conceptuaron que no hubo irregularidades que configuraran la doble militancia, y que la línea probatoria no era tan sólida como pensaron inicialmente en el Tribunal Administrativo de Santander.

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