Consejo de Estado suspende totalidad del decreto que ordena traslado de ahorros pensionales a Colpensiones
Resumen
El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el Decreto 415 de 2026 por exceder la potestad reglamentaria al ordenar el traslado de recursos del RAIS a Colpensiones.
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
El Consejo de Estado suspendió provisionalmente los efectos del Decreto 415 del 20 de abril de 2026, mediante el cual el Gobierno nacional reglamentó el traslado de recursos del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) al Régimen de Prima Media administrado por Colpensiones, salvo los apartes que ya habían sido suspendidos por decisión del 28 de abril de 2026.
La decisión fue adoptada por el magistrado ponente de la Subsección B de la Sección Segunda, dentro de cuatro procesos acumulados al expediente principal (1023-2026). El despacho dio trámite urgente a la solicitud de medida cautelar al considerar que el decreto fijó plazos muy cortos para ejecutar el traslado de los recursos, lo que podía hacer ineficaz una decisión posterior de la jurisdicción.
El despacho concluyó que el Decreto 415 de 2026 excedió la potestad reglamentaria prevista en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución, al ordenar a las administradoras de fondos de pensiones girar a Colpensiones los recursos de las cuentas de ahorro individual de los afiliados que ejercieron la oportunidad de traslado del artículo 76 de la Ley 2381 de 2024, cuando esa misma ley, en el artículo 24, los había destinado al Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo.