Ejemplar sanción contra interventor en Santander por no verificar calidad de los materiales para una obra
Resumen
La Procuraduría impuso una sanción de 10 años de inhabilidad y multa a Pedro Mauricio Beltrán Dulcey, interventor de obra en Vélez, por no supervisar adecuadamente, causando fallas graves y afectando la inversión pública.
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)La Procuraduría General de la Nación impuso una dura sanción disciplinaria al ingeniero Pedro Mauricio Beltrán Dulcey, quien se desempeñaba como interventor del contrato de obra pública suscrito entre la Empresa de Servicios Públicos de Santander y la Unión Temporal Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado, proyecto ejecutado en el municipio de Vélez, Santander.
Por Camilo Ernesto Silvera Rueda - Redacción Política / EL FRENTE
La entidad de control determinó que el profesional incurrió en omisiones graves en el ejercicio de sus funciones, al no supervisar adecuadamente la calidad de los materiales empleados ni la correcta ejecución de los trabajos encomendados. En consecuencia, fue sancionado con inhabilidad por 10 años para ejercer cargos públicos o contratar con el Estado, además de una multa equivalente a 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) al momento de la comisión de los hechos.
Según la investigación disciplinaria, la falta de control y supervisión derivó en múltiples fallas estructurales detectadas entre los años 2021 y 2022 en varios tramos de la obra. Los informes técnicos revelaron que el pavimento presentaba disgregación y desintegración del material, baches, fisuras longitudinales, hundimientos y deterioro prematuro, lo que obligó a la intervención correctiva de estos sectores mediante su levantamiento y renovación total, afectando tanto la funcionalidad del proyecto como la inversión pública.
La Procuraduría calificó la falta como gravísima y señaló que fue cometida con culpa gravísima, al considerar que existió desatención elemental a las responsabilidades propias de la interventoría. Este tipo de conducta vulnera principios esenciales de la función pública, como la vigilancia, la transparencia y la protección de los recursos estatales.
Cabe resaltar que el interventor, aunque actuaba en calidad de particular, ejercía funciones públicas al estar encargado de la vigilancia técnica y administrativa del contrato, razón por la cual su conducta fue evaluada bajo el régimen disciplinario aplicable.
"Con este fallo, la Procuraduría reafirma su compromiso con la lucha contra la negligencia en la ejecución de obras públicas y la protección del patrimonio público, particularmente en proyectos estratégicos que afectan directamente la calidad de vida de las comunidades", enfatizó un vocero de la procuraduría, quien por último explicó que contra esta decisión procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento, instancia que revisará la validez de la sanción impuesta.