Encrucijada del salario mínimo
Resumen
En 2025, el presidente decreta un aumento del salario mínimo del 23.7%, ignorando indicadores técnicos y disparando la inflación. Esto genera caos económico, con efectos sociales y políticos, mientras enfrenta control jurídico y movilización popular antes de elecciones.
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
Por: Jaime Arrubla
Terminando el año 2025, en la mesa de concertación para el aumento del salario mínimo, los empresarios propendían por un aumento de más o menos el 6%; los sindicatos pretendían un aumento del 16%. El diálogo se rompió, no hubo acuerdo y el presidente de la República, con las facultades que le confiere el artículo 8 de la Ley 278 de 1996, procedió a decretar, por fuera de los extremos de la negociación, un aumento del 23.7%. Como dijo un líder sindical, le pedimos al Niño Jesús una bicicleta y nos trajo una motocicleta.
Para justificar tan considerable aumento, el mayor en toda la historia, el Presidente acudió, no a los indicadores de la ley (incremento del PIB, inflación real, meta de inflación proyectada por el Emisor y productividad) sino que se ciñó a un concepto recomendado por la OIT (Organización Internacional del Trabajo) para “eliminar la brecha”: el “salario vital”, más conceptual que técnico, y dentro del cual podrían acomodarse muchas cosas, dada su movilidad.
El despropósito gubernamental, por supuesto, disparó la inflación, provocó que el Banco de la República elevara las tasas de interés, que todos los productos y servicios aferrados al salario mínimo se elevaran y todas las actividades empresariales, donde influye considerablemente el factor salarial, tuvieron que elevar sus costos. Para el mes de enero ya eran evidentes los efectos nocivos en la economía, por falta de rigor técnico en el tratamiento del asunto.
Viene el control jurídico del decreto presidencial, atendiendo una serie de demandas ante el Consejo de Estado y se ordena la suspensión provisional del decreto como medida cautelar, pero se mantiene su vigencia mientras se expide otro decreto y se le conceden ocho días al Presidente para que lo haga con la fundamentación ajustada a los criterios legales técnicos, pues no se trata de una facultad discrecional.
Jurídicamente el Decreto 1469 de 2025 es una falacia y si se obra con rigor jurídico tendría que caerse más tarde que temprano. Los problemas ya son otros: el social y el político. Ya hay dos millones de personas que devengan el salario mínimo recibiendo un alza del 23.7% desde el comienzo del año y el Presidente cita a las calles a defender el salario mínimo a tres semanas de las elecciones parlamentarias, agitando las bases en contra de “los mega ricos” que no quieren pagar salarios decentes.
Tremenda encrucijada: aplicar el rigor jurídico controlando un poder desenfrenado a sabiendas, desencadenar un estallido social en favor de las políticas gubernamentales y un efecto incidente en las elecciones. Creo que el Consejo de Estado no tiene otra alternativa que aplicar el derecho y seguramente lo hará tardíamente para evitar consecuencias nefastas este año en lo social y será una sentencia para enmarcar.
El Presidente demostró su astucia política y su naturaleza rebelde contra los órdenes jurídicos establecidos, que se los sigue pasando por la faja y salió adelante con su “salario electoral”.