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Evacol gana la batalla judicial contra Crocs y podrá seguir vendiendo sus zuecos en Colombia

Evacol gana la batalla judicial contra Crocs y podrá seguir vendiendo sus zuecos en Colombia

Resumen

La Corte Constitucional cerró el caso entre Crocs y Evacol, permitiendo a la empresa colombiana continuar vendiendo sus productos. La decisión destaca el respeto al Derecho, consolidando la coexistencia de marcas en Colombia.

Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
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by Andrés Quijano

Después de más de ocho años de una intensa disputa legal, la Corte Constitucional puso punto final al litigio entre la multinacional estadounidense Crocs y la empresa colombiana Evacol. El alto tribunal decidió no seleccionar para revisión la tutela interpuesta por Crocs, confirmando así las decisiones previas que favorecen a Evacol y le permiten seguir comercializando sus productos en el país.

El caso se remonta a 2016, cuando Crocs registró en Colombia la marca tridimensional de sus icónicos zuecos. Un año después, demandó a Evacol por presunta infracción de derechos de propiedad industrial, argumentando que tres de sus modelos imitaban los diseños protegidos. En 2019, la Superintendencia de Industria y Comercio falló inicialmente a favor de la firma estadounidense, ordenando a Evacol retirar los productos del mercado y destruir los moldes.

Sin embargo, en abril de 2024, el Tribunal Superior de Bogotá revocó esa decisión, destacando que ambas marcas habían coexistido durante años sin causar confusión entre los consumidores. Según el fallo, había diferencias notables en aspectos como logotipos, diseño de suelas, mecanismos de correa y precios. Esta posición fue ratificada posteriormente por dos salas de la Corte Suprema de Justicia, que negaron las tutelas presentadas por Crocs.

En febrero de 2025, el magistrado Vladimir Fernández Andrade pidió que la Corte Constitucional revisara el caso, una solicitud que generó controversia, ya que la revisión de tutelas por asuntos de propiedad industrial no es común en este tribunal. Pese a la insistencia del magistrado —cuya actuación fue cuestionada por su protagonismo en otros casos polémicos como el de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres—, la Corte no aceptó la insistencia y dejó en firme la sentencia del Tribunal.

Los abogados de Evacol celebraron la decisión y destacaron la labor de la magistrada Cristina Pardo, quien, según ellos, garantizó un proceso imparcial al oponerse a que el expediente fuera revisado. “Confiamos plenamente en la independencia y el rigor jurídico de la Corte Constitucional, y celebramos que sus decisiones reafirmen el respeto al Derecho y a la justicia”, expresó Eduardo Cabrera, del bufete Sergio Cabrera Abogados.

Esta victoria judicial representa un hito para Evacol, una empresa vallecaucana con 19 años de trayectoria, que genera más de 400 empleos y exporta a varios países de América Latina. El fallo consolida su permanencia en el mercado colombiano y sienta un precedente importante en materia de propiedad industrial, destacando la posibilidad de coexistencia entre marcas sin que ello implique necesariamente una infracción legal.

La resolución del caso también resalta la importancia de contar con procesos judiciales objetivos y transparentes, en los que prime el análisis técnico sobre las presiones externas. Para Evacol, más que un triunfo comercial, es la reivindicación de su derecho a competir legítimamente en la industria del calzado.

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por Andrés Quijano

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