Histórica decisión de la Corte Suprema garantiza acceso a expedientes desde el inicio de una investigación penal
Resumen
La Corte Suprema dictaminó que la Fiscalía debe permitir el acceso a expedientes desde que una persona conoce su investigación, protegiendo el derecho a la defensa y eliminando la opacidad en procesos legales, exceptuando investigaciones de estructuras armadas.
Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)En una trascendental decisión judicial, la Corte Suprema de Justicia ordenó a la Fiscalía General de la Nación permitir el acceso inmediato a expedientes y pruebas desde el momento en que una persona se entera de que está siendo investigada penalmente.
El fallo surge de una tutela promovida por el abogado Alexander Fabián Blanco Luna en Bucaramanga, quien denunció la negativa sistemática de la Fiscalía a compartir información crucial durante la etapa preliminar de las investigaciones.
Durante años, el artículo 112B del Código de Procedimiento Penal fue utilizado para justificar el carácter reservado de los procesos antes de la imputación.
Sin embargo, la Corte, mediante la sentencia STP-5195 de 2025, estableció que esta interpretación vulnera el derecho fundamental a la defensa, el cual debe ser garantizado desde el primer momento en que un ciudadano tiene conocimiento de una investigación en su contra.
“La Fiscalía está obligada a entregar la noticia criminal, órdenes a la policía judicial, entrevistas y demás documentos”, afirmó el abogado Blanco, quien aclaró que esta apertura no aplica a investigaciones contra estructuras armadas o de delincuencia organizada, donde la reserva continúa siendo válida.
La decisión marca un hito en la protección de garantías procesales, eliminando espacios de opacidad y fortaleciendo el principio de igualdad ante la ley.
Este precedente evita acusaciones sorpresivas y asegura que los investigados puedan preparar una defensa efectiva desde las primeras etapas, transformando el equilibrio en el sistema penal colombiano.