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Investigan campaña del Alcalde de Sabana de Torres por financiación indebida de Sneyder Pinilla con dineros públicos

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Resumen

El Consejo Nacional Electoral abrió una indagación preliminar contra Darío Buchenicov Caballero por presuntos delitos electorales durante su campaña a la alcaldía de Sabana de Torres. La denuncia incluye financiación prohibida y superación de gastos de campaña.

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El ventilador que prendió hace varias semanas en la Fiscalía General de la Nación el exsubdirector de la Unidad de Gestión de Riesgos, Sneyder Pinilla Álvarez, empezó a generar la apertura de expedientes judiciales en distintos organismos de control en contra de terceros que se habrían beneficiado de su accionar irregular al interior de la administración del organismo de gestión de desastres.

Por Camilo Ernesto Silvera Rueda - Redacción Política / EL FRENTE

Como resultado de sus dilaciones, este martes el Consejo Nacional Electoral hizo oficial un auto fechado para el pasado 9 de octubre de 2024 mediante el cual se anuncia la apertura de una indagación preliminar en la que se ordenó la realización de una serie de pruebas contra la campaña del entonces candidato y hoy alcalde del municipio santandereano de Sabana de Torres, Darío Buchenicov Caballero Chiquillo, por la presunta vulneración de los artículos 24 y 27 de la Ley 1475 de 2011, dentro del expediente con radicación CNE-E-DG-2024-012087.

La denuncia fue interpuesta por un ciudadano identificado como Deiver Parra Rondón, quien sustentó en su denuncia una presunta financiación prohibida y superación de topes de gastos de campaña por parte del hoy mandatario sabanero Darío Buchenicov Caballero Chiquillo y una vez analizada la información por la autoridad electoral se ordenó la apertura de un expediente por la presunta ocurrencia de delitos contra el electorado, materializados durante los comicios del pasado 29 de octubre de 2023.

“Solicito respetuosamente se abra indagación preliminar en contra del señor Darío Buchenicow Caballero Chiquillo, cuando fungió como candidato a la alcaldía de Sabana de Torres por los presuntos delitos de constreñimiento al sufragante, fraude al sufragante, corrupción al sufragante, tráfico de votos, financiación de campañas electorales con fuentes prohibidas, violación de los topes o límites de los gastos en las campañas electorales y omisión de información del aportante, de conformidad con los artículos 387,388,390,390a, 396A, 396B y 396C, del Código Penal Colombiano”, dice la denuncia radicada en el CNE por el denunciante Parra Rondón.

Por reparto interno de negocios de la Corporación, efectuado el día 28 de mayo de 2024, le correspondió al Magistrado Altus Alejandro Baquero Rueda, sustanciar el radicado No. CNE-E-DG-2024-012087.

Con la apertura de la indagación preliminar, el Consejo Nacional Electoral deberá realizar todas las actuaciones necesarias para determinar si existe o no mérito para iniciar investigación administrativa en contra del denunciado, y al tiempo que ordenó la apertura del expediente también se ordenó el traslado del material allegado hasta el momento por el denunciante a la Fiscalía General de la Nación para que realicen las investigaciones correspondientes con respecto a la comisión de posibles delitos electorales, por parte del entonces candidato Caballero Chiquillo.

Además, ofició al Fondo Nacional de Financiación Política y de Campañas Electorales para que en el término de 10 días, analice de forma íntegra el informe de ingresos y gastos de campaña individual y consolidado del señor Darío Buchenicow Caballero Chiquillo y que remita con destino a este expediente los informes de ingresos y gastos de campaña presentados y sus respectivos anexos.

Igualmente, como resultado del anterior análisis el Fondo Nacional de Financiación Política y de Campañas Electorales deberá remitir al CNE un dictamen sobre la revisión realizada al informe individual de ingresos y gastos de campaña, en el que se indique si de los mismos se desprende alguna vulneración al régimen de financiación prohibida o si se avizoró superación de topes de gastos de campaña.

Al mismo tiempo el CNE le solicitó al Fondo Nacional de Financiación Política y de Campañas Electorales que determine si el señor Sneyder Augusto Pinilla Álvarez, contribuyó en dinero o especie a la campaña electoral del señor Darío Buchenicow Caballero Chiquillo y dentro de esta actuación que determine las fechas dentro de los años 2022 y 2023 en las que laboró Sneyder Pinilla Álvarez en la Unidad de Gestión de Riesgos.

El mismo tema se analiza en la Procuraduría

Cabe recordar que recientemente, la Procuraduría General de la Nación profirió pliego de cargos contra el exsubdirector de Manejo de Desastres de la (UNGRD), Sneyder Pinilla Álvarez (2023-2024), por participación indebida en política.

Según la delegada de instrucción, el exfuncionario habría utilizado su cargo e imagen para apoyar la campaña electoral de Darío Buchenicow Caballero, quien aspiraba a la alcaldía del municipio de Sabana de Torres (Santander) para el periodo 2024-2027, cargo al que finalmente accedió tras la jornada electoral del 29 de octubre de 2023.

De acuerdo con la investigación disciplinaria, Pinilla Álvarez se desplazó hasta ese municipio el 27 de octubre de 2023, dos días antes de los comicios, para aparentemente revisar aspectos relacionados con la intervención en puntos neurálgicos del río Lebrija y reunirse con miembros de la comunidad.

En los días de su desplazamiento, el  funcionario publicó en su cuenta de la red social Facebook fotografías y frases como “nos tomamos Sabana de Torres” y “volvimos con más fuerza”, escritas en los colores que identificaban la campaña electoral de Buchenicow Caballero, manifestaciones que, para el órgano de control y en atención al contexto electoral que se vivía, “fueron usadas por el funcionario para avivar los ánimos de los electores y, de forma indirecta, buscaban anunciar su respaldo a una campaña electoral”.

Además, Pinilla Álvarez habría viajado sin contar con la comisión que lo facultara para desplazarse fuera de su sede habitual de trabajo a desempeñar labores como servidor público de la UNGRD, razón por la cual “su presencia en ese municipio no se relacionaba con el ejercicio de sus funciones al no estar comisionado para ese efecto”, sostuvo el Ministerio Público en el pliego de cargos.

Para el órgano de control “la actuación del disciplinable implicó un quebrantamiento sustancial de la prohibición de influir en el proceso electoral 2024-2027, pues si bien los servidores públicos tienen derecho a participar en procesos electorales a través del sufragio, les está prohibido utilizar el cargo o función para participar en las contiendas electorales, por cuanto afectan, entre otros, los principios de moralidad e igualdad”.

Por esos hechos, la Procuraduría calificó la conducta de Sneyder Pinilla como una falta gravísima cometida a título de dolo.

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