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La Ley Olimpia

Resumen

Olimpia Coral Melo sufrió la difusión no consentida de un video sexual. Esto inspiró la Ley Olimpia en México, penalizando la violencia digital. En Colombia, el proyecto busca reconocer y sancionar estas violaciones, además de implementar programas educativos con enfoque de género.

Generado por Inteliegenica Artifical (OpenAI)
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by Maura Samara Suárez
La Ley Olimpia

Por: Maura Samara Suárez

Esta historia comienza con Olimpia Coral Melo. A sus 18 años, su expareja difundió un video sexual íntimo de ambos sin su consentimiento. El contenido se viralizó en su ciudad, y eso la afectó gravemente porque fue objeto de señalamientos, burlas, acoso y hostigamiento. Incluso intentó quitarse la vida por lo difícil de la situación. La justicia en México no hizo nada. Tras sobrevivir, Olimpia decidió que no quería que ninguna otra mujer pasara por lo mismo sin tener cómo defenderse.

En 2014, con solo 19 años, se mudó a Ciudad de México y fundó el Frente Nacional para la Sororidad, una organización que lucha por el reconocimiento de la violencia digital como violencia de género, y que acompaña a las mujeres que viven este tipo de agresiones. En marzo de ese mismo año, presentó una iniciativa de ley ante el Congreso de Puebla. Logró que se reconociera la violencia digital como delito y que pudiera sancionarse hasta con seis años de prisión a quienes compartieran material íntimo sin consentimiento.

Estas reformas se conocen como la Ley Olimpia. Esta ley tipifica dos conductas: la primera es realizar grabaciones o fotografías de contenido sexual sin consentimiento o mediante engaño; la segunda, distribuir, comercializar, exhibir o compartir contenido sexual íntimo sin consentimiento. Lo importante del segundo punto es que, aunque el contenido haya sido filmado o enviado con consentimiento, si se difunde sin autorización, también es delito.

En Colombia, no hay evidencia de condenas penales efectivas por la divulgación no consentida de contenido sexual. La legislación actual es insuficiente, y los casos denunciados no encuentran una respuesta efectiva del sistema judicial. Ese es el punto de partida donde nos encontramos actualmente. El 5 de diciembre de 2024, la congresista Delcy Isaza, del Partido Conservador, presentó el Proyecto de Ley Olimpia Colombia. El pasado 7 de abril, la Comisión Primera de la Cámara lo aprobó en primer debate. La representante abrió su intervención preguntándole a los presentes: “¿Qué harían si se difundiera contenido sexual de ustedes sin su consentimiento?”.

La Ley Olimpia Colombia trae consigo varias novedades importantes para el sistema legal colombiano. En primer lugar, reconoce de manera expresa la violencia digital como una forma autónoma de violencia basada en género, incorporándola en la Ley 1257 de 2008. Además, tipifica por primera vez el delito de “violación a la intimidad sexual”, sancionando a quienes, sin consentimiento, creen, sustraigan, difundan o compartan imágenes, audios, videos o cualquier tipo de contenido íntimo, ya sea real o alterado, en entornos digitales o por cualquier otro medio.

También otorga herramientas a las autoridades judiciales para ordenar de forma inmediata la eliminación, bloqueo o interrupción del contenido íntimo no autorizado, sin necesidad de una sentencia de fondo. A la vez, permite a las víctimas solicitar medidas de protección urgentes, como el retiro del material o el bloqueo de las cuentas agresoras. Desde la prevención, la Ley Olimpia Colombia vincula al Ministerio de Educación con la obligación de implementar programas de alfabetización digital con enfoque de género, dirigidos a niñas, adolescentes y mujeres, con el objetivo de fortalecer su capacidad para identificar y denunciar situaciones de violencia digital.

Por último, una de sus novedades más significativas a nivel regional es que reconoce expresamente que la inteligencia artificial puede ser utilizada como herramienta de violencia sexual digital, lo que permite sancionar conductas como la creación y difusión de deepfakes sexuales. Faltan tres debates para ser aprobado, uno en la plenaria de la Cámara y dos en el Senado. Esperemos que su pronta aprobación, porque en internet, como en la vida real, también tenemos derecho a vivir sin miedo.

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