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Llamados angustiosos del sector carbonífero tras prohibir exportaciones del mineral a Israel

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El ministerio público envió al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, sus reparos frente al Proyecto de decreto “Por el cual se establece una prohibición a las exportaciones de carbón a Israel”.

En relación con la posibilidad que el Gobierno Nacional prohíba las exportaciones de carbón con destino a Israel, la Asociación Colombiana de Minería informa que con esta decisión se estarían incumpliendo compromisos internacionales adquiridos por Colombia que deben ser respetados y se pone en riesgo la confianza en los mercados y la inversión extranjera.

Este tipo de medidas debe sopesar las implicaciones económicas y sociales para el país y las regiones. Israel es un destino clave para las exportaciones de carbón térmico de Colombia, representa en impuestos, regalías y contribuciones por 650 mil millones de pesos cada año, de los cuales más de 100 mil millones van directamente a las regiones de La Guajira y el Cesar.

Se debe tener en cuenta que Colombia y el Estado de Israel suscribieron un Tratado de Libre Comercio en el 2014, revisado por la Corte Constitucional, el cual se encuentra vigente desde el 2020. En éste se prevé que no pueden adoptarse o mantenerse prohibiciones o restricciones a la importación o exportación mercancías provenientes del otro país..

Excepcionalmente se permiten restricciones temporales únicamente sobre bienes esenciales, bajo circunstancias críticas y específicas que deben estar suficientemente comprobadas, por ejemplo una escasez aguda de alimentos. De no ser así, se estarían incumpliendo los compromisos pactados, y tendría que denunciarse el Acuerdo. Además podrían verse afectados otros Acuerdos Internacionales que cobijan las condiciones de comercialización de las empresas exportadoras de carbón.

En una coyuntura económica compleja como la actual, con los bajos niveles de recaudo y profundas necesidades en materia de inversión social, es indispensable ponderar con responsabilidad la viabilidad de este tipo de medidas y los diversos factores que entran en juego como: implicaciones de comercio exterior, incumplimiento de los compromisos internacionales y sobre todo el impacto que esto tendría en el bienestar y desarrollo del país.

Alerta económica

A través de la Delegada para Asuntos Ambientales, Minero Energéticos y Agrarios, la Procuraduría General de la Nación de control refirió por escrito sus reparos, luego de que el Gobierno Nacional anunciara la suspensión las exportaciones de este mineral, hasta que no cesen los ataques contra la población civil en Gaza.

· Reducción de regalías: Teniendo en cuenta que las exportaciones de carbón térmico a Israel representan 650 mil millones de pesos cada año en regalías, impuestos y contribuciones, de los cuales, 100 mil millones van directamente a los departamentos de La Guajira y Cesar, no se refiere en el proyecto decreto, un análisis técnico sobre la forma como se asumirá el costo de lo que dejará de percibir el Estado colombiano por regalías generadas mientras dure el conflicto en la franja de Gaza.

· La medida no es idónea: Si bien, en Colombia el Estado tiene facultad para intervenir en la economía, decisión supeditada a la garantía de un bien común supremo, el proyecto no es una medida idónea para el cumplimiento de dicho fin, ya que la idoneidad o adecuación de la medida, debe propender por un objetivo constitucionalmente legítimo y el cual debe evidenciarse como de imperiosa consecución.

· No hay garantía de su efectividad: En el proyecto de decreto se establece que la medida es necesaria porque no existe una diferente para lograr su objetivo, sin embargo, no hay una demostración técnica que conlleve a determinar que si no se exporta carbón a Israel por parte del Estado colombiano, procederán a cumplir las decisiones de la Corte Internacional de Justicia y del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

· Riesgo de daño antijurídico: Al estar insuficientemente justificado el proyecto decreto, existe el riesgo de presentarse una causal de nulidad por falsa motivación, ya que las razones invocadas en su fundamentación son contrarias a la realidad, no son proporcionales, ni razonables.

· Incumplimiento del tratado de libre comercio con Israel: Al no estar justificada la medida de prohibición de exportación de carbón por parte de Colombia al estado de Israel, se debería evaluar los riesgos de un eventual incumplimiento de este acuerdo internacional aprobado por el Congreso en 2017 y que entró en el año 2020.

· Opuesto al fundamento normativo: El proyecto invoca el artículo 259 del actual Plan Nacional de Desarrollo, que estipula que el gobierno podrá adoptar medidas comerciales restrictivas o de fomento por razones de seguridad nacional, soberanía alimentaria y protección de la industria y el mercado. Sin embargo, la prohibición de exportación no es una medida que garantice ninguna de las razones expuestas, al contrario, genera afectación a la libre industria y comercio y pone en riesgo los derechos fundamentales a la iniciativa privada y a la libertad de empresa.

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