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Multan y ordenan al alcalde de Ocaña reintegrar a funcionario despedido pese a su delicado estado de salud

El alcalde de Ocaña, Emiro Cañizares Plata, ha sido sancionado por desatender una orden judicial de reintegro de un ex secretario de salud, afectado por graves problemas de salud. Enfrenta una multa y se investiga posible fraude a resolución judicial.

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El alcalde de Ocaña, Emiro Cañizares Plata, ha sido sancionado por desatender una orden judicial de reintegro de un ex secretario de salud, afectado por graves problemas de salud. Enfrenta una multa y se investiga posible fraude a resolución judicial.

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Emiro Cañizares Plata, alcalde de Ocaña, ha sido sancionado por el Juzgado Tercero Penal Municipal de Oralidad por desatender una orden judicial que instruía el reintegro de Leonardo Moreno Bonilla, ex secretario de Movilidad y Tránsito, afectado por graves problemas de salud.

Moreno Bonilla, quien necesita diálisis peritoneal y aguarda un trasplante de riñón, fue destituido el 2 de enero por Cañizares Plata, quedando sin protección en materia de salud, de acuerdo con el personero Jorge Armando Lanzziano Bohórquez.

A pesar de que su cargo permite la libre remoción, el estado de salud de Moreno requeriría de una estabilidad laboral especial. La decisión judicial, tomada anteriormente por el Juzgado Civil del Circuito de Ocaña y reafirmada en dos ocasiones, no fue respetada por el alcalde.

Como resultado, el alcalde enfrenta ahora una multa de dos salarios mínimos, y se le exige reintegrar a Moreno Bonilla en un plazo de tres días tras recibir notificación, con restitución completa de sueldos y beneficios perdidos desde su despido.

Además, se le advierte al alcalde para que no repita dicho incumplimiento, so pena de enfrentar peores consecuencias legales.

Se ha ordenado también enviar documentación al Fiscalía General de la Nación para investigar si hubo fraude a resolución judicial por parte del alcalde.

Hasta el momento, el representante de Ocaña no ha emitido comentarios y sus asesores legales están manejando las vías de apelación, argumentando que la acción de tutela fue solo parcialmente incumplida, ya que se mantenían al día los beneficios de salud y pensión del demandante hasta el 30 de abril.